martes, 9 de marzo de 2010

Derecho torcido, ¡no es justicia! NICARAGUA


La violencia sexual no es únicamente sinónimo de penetración del órgano masculino o de cualquier otro instrumento para provocar secuelas graves en la integridad física, psicológica, en la dignidad humana, en la calidad de vida y el desarrollo de las sobrevivientes.

Todas las niñas, niños y adolescentes que vivimos tocamientos en nuestras partes íntimas, miradas lascivas, insinuaciones, acoso o cualquier otra forma de abuso sexual, también sufrimos violaciones a nuestros derechos humanos fundamentales y cuando todas estas conductas suceden en el ámbito familiar, son en la gran mayoría de los casos una antesala de la violación y deben ser los abusadores sexuales en “todas” las tipologías de delitos reconocidos en nuestra legislación penal, juzgados y sancionados moral y penalmente por la sociedad en su conjunto y sobre todo, por aquellos y aquellas que reciben un salario para “impartir justicia”.

El 22 de febrero de este año recibí una carta de una niña sobreviviente del delito de violación agravada, quien demanda justicia y pide que su mamá sea liberada de la cárcel de mujeres donde guarda prisión por haber sido encontrada culpable en calidad de cooperadora necesaria y condenada a 12 años de prisión, por la judicial y el fiscal del Ministerio Público que “representó”, según él los interese de la víctima. La madre fue quien además de denunciar el delito cometido contra su hija, cooperó con el Ministerio Público facilitándole todas las pruebas que le requirieron las tantas veces que se presentó a dicha institución, desconociendo que a ella también perversamente la estaban involucrando.

Todas las pruebas están en el expediente y revelan sin necesidad de interpretaciones extensivas, antojadizas de la Ley, ni misóginas, ni machistas, quién es el único y verdadero culpable, pero este violador goza felizmente de “libertad”, que juzgue la sociedad, quiénes sino la Policía, el Ministerio Público y el Poder Judicial, son los cooperadores necesarios de esta indignante y permisiva “impunidad”.

No se puede condenar a prisión por cooperadoras necesarias a las madres, quienes en la gran mayoría de los casos también son víctimas del abusador sexual, no se puede, ni debe hacerse valoraciones subjetivas, cargadas de misoginia, de la discriminación de género expresada por medio de los roles y mandatos de género, los cuales desde el vientre materno son asignados socio- culturalmente a hombres y mujeres, entre ellos, la responsabilidad de cuidar, alimentar, educar, conversar con nuestras hijas e hijos y ahora con esta sentencia un absurdo mandato, como es el de “prevenir delitos”.

La sentencia del Juzgado Tercero Distrito Penal de Juicios de Managua, es un grave precedente en los avances de las víctimas y familiares para romper el silencio. Ninguna niña, niño o adolescentes sobrevivientes de violencia sexual, querrá denunciar si su madre corre el riesgo de ir a la cárcel. Esta niña, otras y otros, ni yo lo hubiera hecho jamás. ¡Magistradas y magistrados del Tribunal de Apelaciones de Managua, enderecen el derecho, que fue torcido!

*Procuradora Especial de la Niñez y la Adolescencia
Norma Moreno Silva*
END - 21:55 - 08/03/2010