domingo, 30 de octubre de 2016

Analizaron la Ley de imprescriptibilidad de los delitos de abuso sexual infantil

Argentina 
La senadora nacional Sigrid Kunath impulsora de la misma; el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf) representado por su vicepresidenta María del Huerto Reutlinger, y la Procuradora Adjunta de la Procuración General de la Provincia de Entre Ríos Cecilia Goyeneche; desarrollaron un panel de reflexión en el Salón Mujeres Entrerrianas de Casa de Gobierno. La ley es una importante contribución para que se visibilice una problemática compleja y oculta, como lo es el abuso sexual infantil. Estuvieron presentes referentes de organizaciones sociales y áreas oficiales.
“La elaboración del proyecto de ley tuvo que ver, fundamentalmente, con algo que sucedía en ese momento en nuestra ciudad, en nuestra provincia, y que es la causa Illaraz. Sistemáticamente nosotros nos encontrábamos, al seguir las noticias sobre esta causa, que desde la defensa se planteaba no que no se habían cometido determinados hechos, sino que no se podía investigar porque estaban prescriptos. Esto lo empezamos a conversar primero entre nosotros, luego conjuntamente con Rosario Romero y su equipo teniendo a la vista lo que iba sucediendo en las distintas etapas de esta causa”, explicó la senadora Kunath.
La legisladora indicó también que “como antecedente, hubo fallos que, a nuestro modo de ver, fueron ejemplares en el poder judicial provincial, y que aún con la Ley Piazza vigente, establecían que estos delitos ​no ​estaban prescriptos, es decir, que se tomaba como preminentes los tratados internacionales de protección de niños, niñas y adolescentes y en este sentido se siguió avanzando con la causa. Este fue el disparador para empezar a pensar cómo podíamos trabajar en un proyecto de ley tendiente a modificar el paradigma de la prescripción frente a los delitos contra la integridad sexual de menores”. Y remarcó que en este sentido, se revaloriza lo que fue la Ley Piazza que también movió el paradigma de la prescripción al indicar que la misma empezaba a correr a partir de la mayoría de edad de la víctima.
Cambio de paradigma y debate en Diputados
Según explicó Kunath, el proyecto, que se presentó planteando la imprescriptibilidad para este tipo de delitos y a su vez la inhabilitación especial perpetua para aquellos casos en que el victimario se hubiera valido de su cargo o profesión o derecho, en relación a las víctimas “tuvo un tratamiento rápido en el Senado, tanto en la comisión de Justicia y Asuntos Penales que preside Pedro Guastavino, como en el recinto, posteriormente. En ambos casos fue aprobado por unanimidad” y agregó que “cuando el proyecto pasa a la Cámara de Diputados​, en revisión, se realizan modificaciones en el texto de la ley: se modifica otro artículo y se establece que frente a este tipos de delitos -con la incorporación, además, del delito de trata- la prescripción estará suspendida mientras la víctima sea menor de edad y aun habiendo cumplido la mayoría de edad, hasta cuando pueda hacer la denuncia o ratificar la denuncia hecha por otra persona.  En cuanto a la propuesta de la inhabilitación, se aprueba tal como ​lo ​planteamos en el proyecto. Estas modificaciones son ratificadas por ​el ​Senado, hace precisamente un año”. Según indica la ley vigente “no importa la edad que tenga la víctima ni cuanto tiempo haya transcurrido desde los hechos que esté denunciando, lo que verdaderamente importa desde el punto de vista judicial es la realización de la denuncia”, señaló.
El porqué del Respeto al Tiempo de las Víctimas
Con respecto a la denominación la legisladora aclaró que “decidimos llamarla Ley de Respeto a los Tiempos de las Víctimas. Todos los que están acá saben lo difícil y complicado que resulta poder medir en tiempo cuándo la víctima debería poder hablar o debería poder contar lo que le pasa. Nos parece que con esta ley se ha realizado una reparación mediante el respeto y la habilitación de la palabra: partir de la entrada en vigencia de la ley 27.206 ninguna víctima va a recibir a priori la respuesta desde el servicio de justicia de que el delito está prescripto”.
La mirada desde el Copnaf
La vicepresidenta del Copnaf por su parte recordó que “a lo largo de las últimas décadas hemos asistido a un creciente  proceso de visibilización, denuncia, y producción teórica para explicar y aplicar proyectos asistenciales contra el abuso. Parte de este proceso, se enriquece con leyes como la 27.206, en tanto contribuye a que se visibilice una problemática compleja y oculta, como el abuso sexual infantil y a correrse el velo de aquello que es siniestro. Hoy nos convoca el aniversario de la sanción de la ley de respeto a los tiempos de las víctimas que introduce la no prescripción del delito de los casos de abuso sexual infantil. A partir de la ley 27. 206 se cuenta con una herramienta que abre la posibilidad de denunciar cuando la persona esté en condiciones de poder hacerlo y hablarlo, cuestión que no es menor si se considera el impacto que genera el abuso sexual en la infancia”.
La procuradora adjunta retomó algunos señalamientos de sus compañeras de panel y manifestó que “entiendo que era una ley necesaria porque toda esta cuestión de la prescripción como instituto dentro del sistema penal, que también es útil, pero donde obviamente la regulación es un proceso social de decisiones, justamente dentro de los procesos sociales nunca se había visibilizado la necesidad de establecer esta situación particular que tienen los delitos de abuso”.
Y concluyó que “lo más importante y lo que ha movilizado la sanción de esta ley es que la víctima se anime a denunciar y luego los operadores somos los que tenemos que encargarnos del caso, y un cambio de paradigma importante es que a partir de esta ley, ya no se le puede decir a una víctima vos no podés denunciar porque el delito está prescripto, ahora toda denuncia se toma, se analiza y se trata”.

Reutlinger también enfatizó que “los efectos del abuso sexual infantil provocan daño tanto psíquico como físico. El traumatismo que produce, se presenta como devastador para la  subjetividad de un niño con sentimientos de soledad y de impotencia. Se trata de un sometimiento corporal,  que se perpetúa en silencio  y contradice los mandatos de la cultura. El abuso permite ser pensado como una realidad destituyentes de subjetividad, que tiene un efecto arrasador como hecho violento en si mismo, pero es al mismo tiempo un hecho traumático que deja marcas físicas y un profundo dolor psíquico”.