martes, 23 de octubre de 2012

“Wichí o no wichí, es abuso”

ARGENTINA.
Rozanski es autor del proyecto que dio lugar a la ley que trata sobre abuso sexual infantil. “Hoy todos, wichí o no wichí, deben adherir a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño”, dijo a Página/12. Agregó que “a los 13 años es una niña”.







”Una criatura de 13 años es una niña, no importa a qué cultura pertenezca, y no está en condiciones de ‘decidir libremente’ una relación sexual con el que, sin dudas, es su violador”, afirmó el juez Carlos Rozanski, autor de la ley de procedimientos para casos de abuso infantil. Además, “si se admite que el abuso infantil es aceptable en una determinada cultura, se abre la puerta para admitirlo en otros casos, como ya ha sucedido para cuando se dan ‘condiciones sociales de iniciación sexual temprana’, es decir, para las niñas pobres”.
“Los argumentos que pretenden exculpar a un acusado de violar a una niña sobre la base de supuestas costumbres aborígenes son basura”, afirmó, consultado por este diario, Carlos Rozanski, presidente del Tribunal Federal Oral Nº 1 de La Plata y autor del proyecto que dio lugar a la Ley 25.852, que modificó el Código de Procedimiento para casos de abuso sexual infantil. “No hay duda de que los pueblos originarios tienen su propia cultura y esto debe ser respetado, pero hay derechos de integrantes de esas comunidades que no pueden ser dejados de lado en nombre de esa cultura. En el caso de Lapacho Mocho (ver nota principal), esa criatura tenía derecho a un despertar sexual normal, acorde con su edad. Es regla que, en nombre de la defensa de un derecho, no se puede vulnerar otro superior. Por otra parte, no puede decirse que, hoy en día, esa comunidad permanezca aislada, como si viviera en una cueva sin contacto con el resto de la sociedad. Hoy todos, wichí o no wichí, deben adherir a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño: en la Argentina no se acepta que una niña tenga su despertar sexual con un individuo de mucho más edad que convive con la madre, un perverso, en una relación incestuosa, que inequívocamente está abusando de ella.”
“La Convención de los Derechos del Niño –continuó Rozanski– considera que se es niño hasta que se cumplen los 18 años. Lo establece así porque, desde que nace, la criatura atraviesa una serie de etapas evolutivas antes de llegar a la madurez completa. En el caso que examinamos no hubo posibilidad de consentimiento válido de la niña, ya que su decisión se basaba en lo que le habían hecho creer que es libre decisión. Una característica del abuso sexual infantil es la ‘normalización’: el abusador le dice a su víctima que es normal que tenga relaciones con su padre o con su tío. Y no son wichí: son abusadores comunes, y un argumento que usan para convencer a la criatura, sin necesidad de amenazarla, es que es ‘normal’. Y la noción de que en esa comunidad aborigen la adultez empieza con la primera menstruación es una basura que inventan para intentar darle una cobertura teórica: una criatura de 13 o 14 años es una niña, y el derecho internacional ha ratificado la Convención de los Derechos del Niño.”
“Además –destacó Rozanski–, cuando se sostiene que el abuso es aceptable por provenir de una determinada cultura, esto es inmediatamente transferido a la normalización de otras situaciones de abuso. Hoy es la comunidad wichí, mañana será un grupo familiar que puede estar integrado del mismo modo: una mujer, su concubino y una criatura que no es forzada en forma física sino que lo eligió ‘libremente’. Es un delito gravísimo, por más que se intente encontrarle una justificación cultural. Y esto da lugar a situaciones todavía más graves: así, los jueces Horacio Piombo y Ramón Sal Llargués le redujeron la pena a un abusador porque sus víctimas ‘pertenecían a una condición social en la que la iniciación sexual es más temprana’, es decir, porque eran pobres. Entonces, aceptar el argumento exculpatorio en el caso de Lapacho Mocho, aun cuando fuera de buena fe, es ofrecer un argumento para que, en otros casos, se normalice lo que no es normal.”
“En cuanto a que el abusador estuviera brindando protección a madre e hija, sucede que la inmensa mayoría de los abusos infantiles tienen lugar en el seno del grupo familiar, donde efectivamente el hombre está proveyendo alimento y recursos a su familia. Entonces, el argumento no es válido, ni para los no wichí ni para los wichí”, concluyó Rozanski.