El sistema de procuración de justicia en México está trazado de tal forma que revictimiza a los menores de edad víctimas de un delito, ya que está diseñado en función de las capacidades cognitivas de los adultos y sin considerar las necesidades especiales de la infancia. Esto es aumentado por el ambiente formalista, distante, muchas veces carente de atención y mucho menos de atención especializada para los menores de edad, aunado a que se exige el desempeño de habilidades que no pueden llevar a cabo de acuerdo a su nivel de desarrollo.
La toma inadecuada de declaraciones, valoración inapropiada de pruebas, práctica innecesaria y errónea de peritajes no especializados, interrogatorios repetidos, las demoras prolongadas e innecesarias, la posible declaración frente al acusado, entre muchas otras inconsistencias más, revictimizan al niño, provocándole un daño emocional y a la vez, entorpeciendo la procuración de justicia.
Como consecuencia de todo ello, se genera temor, ansiedad, impotencia y sensación de vulnerabilidad en los niños que participan en el proceso, efectos que evidentemente afectan en la recuperación por el delito sufrido y que pueden llegar a provocar consecuencias graves a largo plazo.
El riesgo de revictimización consiste en que a los efectos que surgen como consecuencia del delito, se le agregan aquellos derivados de la exposición y experiencias por el niño una vez que inicia el proceso y procedimiento penal.
La revictimización o doble victimización, o también conocida como victimización secundaria, se da cuando los efectos que aparecen debido a la primera violación a sus derechos, cualquiera que haya sido el delito, se le suman aquellos provocados o aumentados por las experiencias a que es sujeto el niño una vez iniciado el proceso penal.
En la práctica del derecho penal, la infancia se enfrenta al proceso penal en su carácter de víctima casi en las mismas circunstancias que un adulto, ya que no existen marcos jurídicos nacionales o internacionales que permitan dar un trato diferenciado razonable.
Un niño no alcanza a entender la real magnitud de los actos sexuales ni a imaginarse las consecuencias a largo plazo.
En otras palabras, el adulto (o el joven mayor) que tiene relaciones con un menor no puede justificarse argumentando que este no puso objeciones o que se lo buscó. El adulto es culpable de violación, lo que constituye un delito castigado con pena de prisión. La culpa de la violación recae sobre el violador, no sobre la inocente víctima.
No existen estadísticas de A.S.I, porque NO se denuncia.
¿Que hacer?, ¿Como cambiar esta penosa realidad?
SOLO CON LEYES QUE PROTEJAN AL MENOR.
Estas nuevas modificaciones aprobadas el día de hoy que reforman diversas disposiciones del código de procedimientos penales para el Disritto Federal tienen que ser la punta de lanza para otras legislaturas locales y un nuevo incentivo para dictaminar la iniciativa presentada en la Cámara de Diputados de los Estados Unidos Mexicanos que busca garantizar el adecuado mecanismo para la denuncia sin revictimización.
Tambien tiene que ser una invitación a la acción en todos los países de habla Hispana, existe mucho trabajo que realizar en prevención y educación al respecto.
LOS NIÑOS NO TIENEN PARTIDO, LOS NIÑOS ESTÁN PRIMERO.
MIGUEL ADAME VÁZQUEZ.
Creador de Abuso Sexual Infantil, Nunca Más.
Candidato al premio al mérito cívico 2010.Presidente de Consejo del Centro de Investigacion Difusión y Estudios Sobre la Trtata de Personas y Explotación Comercial A.C
Consejero de la fundación de la mano con la justicia a.c.
Fundador de la red hispanoamericana contra el abuso sexual infantil.
Colaborador del grupo de ayuda mutua para sobrevivientes de abuso sexual infantil.
http://migueladame.blogspot.com/
Ni un niño mas, juntos lo podemos lograr, abuso sexual infantil nunca más.
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