miércoles, 5 de agosto de 2009
INTERÉS SUPERIOR DE LA INFANCIA DEBE TENER RANGO CONSTITUCIONAL
Diputadas del Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentaron ante la Tercera Comisión Permanente dos iniciativas de ley en materia de infancia: elevar a rango constitucional el reconocimiento al interés superior de la infancia y que el titular del Ejecutivo Federal suscriba el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la edad mínima de admisión al empleo.
La legisladora perredista Claudia Cruz Santiago, integrante de la Comisión de Justicia, presentó una iniciativa de ley para que en el nivel básico se imparta una educación de respeto a los derechos humanos; elevar a rango constitucional el reconocimiento al interés superior de la infancia y el respeto a los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
También propone la iniciativa establecer en la Carta Magna que las leyes, instituciones y políticas relacionadas con esta población tendrán como principio el interés superior de la infancia, el cual debe fundarse en los principios de la democracia, igualdad, no discriminación, paz y justicia social, así como la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos, incluyendo su derecho al desarrollo.
La iniciativa de Cruz Santiago ante la Tercera Comisión Permanente del Congreso de la Unión reforma los Artículos 3, 4 y 73 de la Constitución federal con el propósito de abonar en el camino de la armonización legislativa en pro de los derechos de la infancia mexicana, aseguró.
Ello responde a que México ocupa el segundo lugar del mundo en producción de pornografía infantil, pues entre cinco mil y 80 mil menores de edad son explotados sexualmente en las principales ciudades del país, de acuerdo con la Red de Organizaciones Trabajando para la Eliminación de la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes.
Además, México es visto en el ámbito mundial como destino de turismo sexual, lo que afecta a grandes polos del país como Tijuana, Cancún y Acapulco.
Ante ello la legisladora señaló: “Nuestras niñas y niños, al ser sujetos de derecho y en atención a sus condiciones de vulnerabilidad, deben ser prioridad en todo momento y bajo cualquier circunstancia, esto con el propósito de que estén en posibilidades reales de desarrollar sus capacidades de manera sana y adecuada”.
Por ello, afirmó Cruz Santiago, se deben realizar y aprobar las reformas que sean necesarias para proporcionar a las niñas, niños y adolescentes las herramientas indispensables que les brinden una protección y defensa a sus derechos.
CONVENIO 138 DE LA OIT
Por su parte la diputada Irene Aragón Castillo, integrante de la Comisión de Grupos Vulnerables, presentó un punto de acuerdo para que el titular del Ejecutivo Federal suscriba el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la edad mínima de admisión al empleo y acatar las directrices complementarias.
Señaló que es obligación del Estado combatir la pobreza y asegurar niveles de vida e ingresos para que no sea necesario recurrir a la actividad económica de niñas y niños, así como un desarrollo progresivo de la seguridad social, educación e higiene en el trabajo.
También urge, dijo, la inspección para detectar violaciones a la legislación sobre el trabajo de menores de edad, la adopción de medidas para el bienestar familiar y la atención de las necesidades específicas de niñas y niños sin familia y de menores de edad migrantes.
En México se concentra el 50 por ciento del trabajo infantil de América Latina, por lo cual es indispensable para la infancia que sea modificada la edad mínima para laborar, afirmó.
Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en nuestro país existen cerca de 30 millones de niñas y niños, de los cuales 3.6 millones realiza alguna actividad económica. De estos, 170 mil viven y trabajan en condición de calle.
Por todo lo anterior, se exhorta al Ejecutivo a firmar el Convenio 138 promulgado por la OIT, a fin de que la edad mínima para trabajar sea de 15 años, siendo el Estado quien especifique los tipos de empleo y actividad económica que podrán realizarse.
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