viernes, 18 de noviembre de 2016

Contra el abuso sexual infantil

Documento realizado por Alicia Perna, Lidia Menapace y Graciela Arzamendia, tres mujeres reconocidas de la ciudad de Reconquista.
El abuso sexual hacia niños, niñas y adolescentes es una de las formas más graves de violencia contra la infancia y conlleva efectos devastadores en la vida de los niños y las niñas que lo sufren. Consiste ante todo en un abuso de poder de un adulto hacia un niño, niña o adolescente, donde el adulto -valiéndose de la asimetría de poder y la coacción-abuso sexualmente del niño/a, generando graves consecuencias a corto y largo plazo en el psiquismo del niño/a y en los diferentes ámbitos en los que se desarrolla.
El abuso sexual en la infancia es una realidad invisibilizada en nuestro país. Tiene severas consecuencias para el desarrollo individual y social de miles de niñas y niños.
Es una de las formas de abuso de poder y dominio sobre la niñez más dolorosa. Durante décadas las voces de gran cantidad de niñas y niños víctimas de abuso sexual fueron silenciadas y continúan siendo en gran medida. Silencio sostenido por el abusador a través de amenazas y manipulación; por las familias, quienes en pro de mantener la "unidad familiar" postergan los derechos de los niños/as; y por las múltiples instituciones que no son capaces de detectar, escuchar y actuar para proteger y velar por la integridad psico, física y social de las niñas y niños abusados sexualmente.
No podemos decir que esto cambió mucho pero tenemos que reconocer que en la medida en que se habla más abiertamente de la violencia de género, el tema se instala en la sociedad y aparecen denuncias de casos paradigmáticos en el mundo y el país.

La denuncia de un caso muy difundido en la prensa actúa como disparador de un fenómeno que toda la sociedad trata de ocultar pero que existe. Esa latencia es la que desencadena denuncias inesperadas e invisibilizadas durante años y décadas. Pero también es cierto que pasado el impacto inicial vuelve el silencio que es el principal arma que usan los abusadores, porque en su gran mayoría son hombres. Esto frustra a muchas niñas y niños y a sus familiares protectores, fundamentalmente las madres, que hablan pero son denostadas y revictimizadas aduciendo "usan" a sus hijos/as para vengarse de sus ex esposos o compañeros.
Una de las principales razones por las cuales el abuso sexual en la infancia es de difícil detección y sanción es porque generalmente los abusadores son parte del entorno familiar/ social próximo del niño/a abusado/a. Aún nuestra sociedad coloca a la familia como lugar indiscutible de protección de los niños y niñas, cuando en realidad puede ser el ámbito de mayor vulnerabilidad, riesgo y desprotección. Todavía encontramos a profesionales y personal de los servicios de salud, justicia y seguridad asombrados ante situaciones de incesto, poniendo en tela de juicio el relato del niño/a y actuando de acuerdo a estas creencias, revictimizando a las niñas y niños, desconociéndolos como sujetos de derechos y atentando contra ellos/as y sus madres y/u otros familiares protectores.
La compleja trama social y psicológica de esta forma de violencia y el hecho de que constituye un delito que debe ser denunciado por cualquier persona que tome conocimiento del mismo, requiere de información sobre qué hacer, cómo y cuándo que facilite una adecuada respuesta por parte de la o el adulto protector ante la revelación o sospecha de abuso sexual de un niño/a.
Sabemos y conocemos las dificultades y obstáculos por la que atraviesan las y los adultos protectores y las niñas/niños víctimas de abuso, en particular durante las diferentes instancias del sistema judicial, la fuerza y el coraje que se requiere para continuar con estos procesos, ante una situación de tanto dolor y confusión como es el abuso sexual de un hijo/a o familiar. Consideramos importante en jornadas como estas informar sobre los derechos que los asisten y los recursos existentes como forma de facilitar el camino hacia la protección de los/as niños/as víctimas y la restitución de sus derechos. En este tema se habla desde la experiencia y el dolor, para que otras/os niñas/os y sus adultos protectores eviten las "trampas" y artimañas que consciente o inconscientemente, el sistema sanitario, legal y social les plantea. (Mabel Bianco).
Crianza amorosa para prevenir la violencia y el abuso sexual
Para prevenir el abuso sexual infantil deberíamos alentar una crianza amorosa, respetuosa, que responda, acepte y respete a las necesidades físicas y emocionales de los niños y niñas, porque esto genera progresivamente la confianza en sí mismos y en el mundo que les rodea.
Deberíamos entender de una vez por todas que a los niños, no se los humilla, no se les amenaza y no se les pega.
Si los padres humillan a sus hijos con críticas despiadadas. Si les amenazan con daños terribles que sufrirán si no obedecen, lo que aprenderán es que los padres mienten. Si les pegan con el propósito de enseñarles algo, lo único que conseguirá que aprendan, es que sus padres no son confiables y que son peligrosos.
Los hijos e hijas se sentirán profundamente traicionados por quienes deberían cuidarles y protegerles. ¿Cómo confiar en ellos?
Todas estas actitudes de los padres para con sus hijas e hijos no sólo dañan su autoestima, sino que interfieren con el desarrollo intelectual, emocional, en el aprendizaje y en la integración social.
Les llena de rabia e impotencia, aprenden a someterse, a ser víctimas, destruyendo la confianza en sí mismos y su amor propio. Los niños que han sido golpeados no consideran que su cuerpo les pertenezca.
Los golpes les hacen creer a las niñas y niños que los adultos tienen poder absoluto sobre sus cuerpos, incluso el derecho de causarles dolor. Que sus cuerpos están sometidos a la voluntad de los adultos, lo que les hace presa fácil de los abusadores sexuales infantiles.
Lo primero que deberíamos enseñarles a nuestros hijos e hijas, es el respeto y la confianza en sí mismos, que su cuerpo es de ellos y a decir NO. Lic. Mónica Laura Creus Ureta.
CONOCER PARA PROTEGER A NUESTROS NIÑOS
El abuso sexual comprende:
A. Incitación o coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal o psicológicamente perjudicial.
B. La utilización de un niño con fines de explotación sexual comercial.
C. La utilización de un niño para la producción de imágenes o grabaciones sonoras de abusos sexuales a niños.
D. La prostitución infantil, la esclavitud sexual, la explotación sexual en el turismo."
En la Argentina no existen datos oficiales a nivel nacional, pero de acuerdo a los relevamientos de los organismos especializados y de investigaciones de campo, se estima que 1 de cada 5 niños/as son abusados por un familiar directo antes de los 18 años. La edad media de inicio del abuso es de 8 años.
Todo adulto que tome conocimiento de un abuso sexual hacia un niño/a tiene la obligación de denunciar, máxime cuando se trata de un profesional de la salud, docente o funcionario público, pues tienen la obligación indelegable de actuar frente a la posible comisión de un delito contra la integridad sexual de un niño/a. Quien no actúa se convierte en cómplice del delito.
TODO ADULTO DEBE SABER QUE:
LA DENUNCIA ES OBLIGATORIA. La ley no solo habilita sino que impone la obligación a toda persona que desde el ámbito público o privado haya tomado conocimiento de los hechos de violencia familiar o tenga sospechas sobre su ocurrencia. Esta obligación no pesa sólo sobre las personas que tienen a cargo a los niños (padres, madres, tutores o encargados de la guarda), sino también sobre cualquier persona que tome conocimiento de la situación o tenga sospechas sobre su ocurrencia, ya sea del ámbito público o privado, en especial: empleados y funcionarios públicos de organismos asistenciales, educativos, de salud y de justicia, maestros y docentes, profesionales de la salud. El primer organismo interviniente debe denunciar, sin la necesidad de cumplir condición alguna, como por ejemplo el pedido de autorización a un superior jerárquico. Para formular la denuncia, no se requiere asistencia letrada obligatoria -aunque la misma es deseable-.
PROTOCOLO DE SANTA FE: "el protocolo es el resultado de un largo proceso de trabajo conjunto iniciado ante la inquietud de los equipos del Poder Ejecutivo en diseñar un dispositivo que optimice la atención, contención y defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes para evitar los procesos de revictimización, enfatizando la recolección de pruebas que estos puedan aportar en ese mismo contexto protector de derechos".
El Protocolo enumera seis principios generales que pretenden guiar a los abogados, psicólogos, trabajadores policiales y otros operadores que intervengan luego de la comisión de un delito sexual en perjuicio de niños, niñas y adolescentes. Los principios son:
1- Protección y bienestar de niños, niñas y adolescentes: son los valores primordiales a alcanzar a lo largo de todo el proceso, siempre teniendo en cuenta que la administración de justicia procura tener un efecto reparador en el proceso de recuperación de la víctima y de su familia. Este principio supone el respeto y garantía del interés superior del niño; la protección de la salud; evitar la revictimización; y los derechos a un trato digno; a la seguridad y a la privacidad.
2- Derecho a ser oído: el relato y las opiniones de los niños deben ser tenidos en cuenta en todas las etapas del proceso.
3- Asegurar la eficiencia del proceso y la obtención de pruebas válidas: garantizar el acceso a la Justicia y la optimización de las oportunidades de obtención de pruebas válidas dentro del proceso. Supone la compatibilización de las garantías del imputado y los derechos de las víctimas; la protección contra todo perjuicio que pueda causar el proceso de Justicia; la gestión de medios para facilitar el testimonio de los niños; y propender a una única declaración testimonial de la niña o el niño víctima del delito.
4- Unidad de criterio, coordinación entre actores y protocolización de procedimientos: los fiscales o fiscales adjuntos serán quienes centralicen las decisiones, con la debida asistencia de los equipos profesionales involucrados. Se establece una doble prioridad: la protección de los derechos del niño o niña víctima de un delito y la eficacia de la investigación.
5- Capacitación de profesionales y revisión constante de las intervenciones y procedimientos: para brindar el abordaje necesario.
6- Recuperación física y psicológica: que permita la reinserción social, garantizando el acceso a los servicios sociales y de salud, a la escolaridad así como también a servicios de asistencia y apoyo económico, jurídico y de asesoramiento.

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