miércoles, 3 de junio de 2009

LA INFAMIA A FLOR DE PIEL



Cada hora, 228 chicos de América latina son abusados sexualmente. Aunque cueste creerlo, no todos los pedófilos se avergüenzan de su atracción por los niños: algunos la ostentan y la reivindican.

Jorge Corsi, acusado de integrar una banda de abusadores.

Alberto es un hombre soltero y forma parte de una familia unida. Es el típico tío cariñoso con un encanto especial para tratar con los niños. Sólo que este tío cariñoso esperaba con ansia las reuniones familiares para poder quedar un rato a solas con su sobrina preferida, la pequeña Valeria, de siete años. La nena también lo quería, pero no entendía el objetivo oculto de esa predilección.

"Buscaba estar solo conmigo. Yo no sabía diferenciar lo que pensaba que era un juego de un acto sexual. Sentía que algo estaba mal pero no podía cortarlo porque él era un adulto y yo lo respetaba", recuerda Valeria, quien soportó esos encuentros clandestinos durante seis larguísimos años, y los pagó con un trauma que todavía la persigue. "En esas reuniones él me buscaba, me llevaba a un lugar solitario y ahí quebraba todos los límites. Tenía contacto sexual conmigo –sin penetración– y después era como si nada hubiera pasado", cuenta con dificultad.

Valeria era una nena obediente y no sabía nada sobre sexualidad. Hoy, a los 29, no entiende cómo los hechos pasaron inadvertidos. "Nadie se daba cuenta pese a mis constantes visitas al médico porque sufría de infección urinaria crónica. Si alguien vio algo, lo calló hasta hoy", dice Valeria con la bronca a flor de piel.

Según los especialistas, la historia de Valeria es más común de lo que se cree, casi como si la sociedad le hiciera eco del silencio de su familia. Las situaciones perduran por años y se cubren bajo un manto de complicidades mudas, amenazas y culpas. La paido. lia –más conocida como pedo. lia– es la atracción sexual primaria que siente un adulto hacia niños o adolescentes, y que permanece a lo largo del tiempo.

Aunque el término pedofilia se refiere sólo a la tendencia sexual, comúnmente se lo usa como sinónimo de pederastia, que designa a la práctica sexual entre un adulto y un menor. Para evitar confusiones y justificaciones, ciertos especialistas prefieren encuadrar todas las situaciones de erotismo con menores
bajo la denominación de "abuso sexual infantil".

Para ser considerado pedófilo el individuo debe ser mayor de 16 años y tener al menos cinco años más que el niño. Según informó UNICEF en el Día Mundial contra el Abuso Sexual Infantil, "al menos dos millones de niños son abusados sexualmente cada año en América latina; un promedio de 228 abusos por hora".

Pero la nueva modalidad de la pedofilia viene de la mano de un instrumento diseñado para otros fines: internet. Resguardados tras las pantallas de sus computadoras, los pedófilos han generado una comunidad clandestina con reglas y símbolos propios. Elvira Berardi, directora del Programa de Ayuda a Niños Abusados Sexualmente (ANAS), es contundente: "La pornografía, la prostitución y la trata de niños por Internet crece cada día a la par de la tecnología. Esto da a los pedófilos la oportunidad de apoyarse en el anonimato, unirse para intercambiar material pornográfico e implementar estrategias de protección mutua".

La cara de lo siniestro

Como si esto fuera poco, recientemente el FBI elaboró un informe que alerta sobre ciertos símbolos gráficos y logos que utilizan los pedófilos del mundo para identificarse según sus preferencias sexuales
hacia niños o niñas de distintas edades. Los símbolos –inscriptos en colgantes, anillos, monedas, trofeos, adhesivos, a veces incluso tatuados en el cuerpo– fueron recogidos en distintos allanamientos.

La simbología –que ellos identifican con el siniestro eufemismo de "el movimiento de los amantes de los niños"– incluye un corazón, un triángulo y una mariposa. En todos los casos, el contorno mayor alude al adulto y la figura menor que contiene hace referencia al chico. El triángulo –llamado BLogo – simboliza la atracción hacia los varones menores. El corazón –o GLogo– , identifica la preferencia por las niñas. Y
la mariposa, formada a su vez por dos corazones grandes y dos chicos (rosas y celestes) representa a quienes gustan de ambos.

Páginas que combaten la pedofilia en internet difunden dichos símbolos para advertir a la comunidad sobre su significado. Pero, ¿por qué utilizar un logo para identificarse? ¿Sienten orgullo de sus perversiones? Todo indica que sí, ya que los símbolos forman parte de un movimiento que reivindica la legitimidad de las "preferencias" pedófilas y pretenden naturalizarlas apelando a su libertad de elección.

La división Delitos en Tecnologías y Análisis Criminal de la Policía Federal argentina advierte sobre el crecimiento de la comunidad pedófila y las diversas modalidades delictivas asociadas al uso de internet, como la publicación y distribución de imágenes de pornografía infantil a través de páginas o e-mails y los contactos vía chat (conocidos como grooming ) de carácter erótico con menores. Los militantes propedofilia pretenden la derogación de las leyes de edad mínima de consentimiento sexual; es decir, pretenden eliminar de la legislación el uso de la edad como criterio válido para identificar el abuso infantil. Exigen también la anulación de la clasificación de la pedofilia como una enfermedad mental por parte de la Organización Mundial de la Salud. En el 2006, se fundó en Holanda un partido político autodeclarado pedófilo, el Partido para las relaciones amorosas basadas en amor, libertad y diversidad (PNVD).

Hasta declararon al 24 de junio como el "Día Internacional del Amor a los Niños". Hay páginas en internet de ingreso exclusivo para miembros donde se intercambia pornografía infantil. Para hacerse socio hay que subir material inédito casero. Utilizan palabras codificadas –como p2filia, free lolitas, bbs– para dificultar la detección de los organismos que combaten el delito. Dicen que la comunidad virtual los fortalece, los hace "sentirse menos anormales".

¿Acá están, estos son?

No es fácil trazar un perfil excluyente de los pedófilos. La edad va desde los 18 años hasta la ancianidad, aunque algunos estudios la acotan entre los 30 y los 45 años. Provienen de cualquier clase social; muchos eligen profesiones donde puedan estar cerca de los niños. No usan la violencia como método sino que tejen una telaraña sobre sus víctimas. El psicólogo Jorge Garaventa, especialista en niñez, detalla: "Es característica del abusador la paciente y sistemática actitud de seducción. Con el vínculo afectivo consolidado, crea en la víctima confusión, culpa y parálisis. Esto trocará luego en actitudes de extorsión y amenazas".

La mayoría de los pedófilos son hombres, y en un alto porcentaje abusan de niñas de su familia. Datos de UNICEF confirman que la mitad de las niñas abusadas de América latina viven con sus agresores, y en el 75% de los abusos sexuales contra niñas el abusador es un familiar directo de la víctima. Estos datos respaldan la aserción de Garaventa de que "la cultura patriarcal juega un rol fundamental en los casos de incesto paterno/filial, ya que se concibe a la mujer como un objeto sexual y de servicio a
merced del hombre".

Los pedófilos tienen dificultades para establecer relaciones normales, suelen tener baja autoestima y pocos recursos para enfrentar situaciones de estrés. Dice Isabel Boschi: "Una situación de estimulación, de acuerdo al grado de frustración de ese día, provoca ansiedad. Esto a su vez produce cambios químicos y despierta el impulso sexual. Algunos salivan, a otros les sudan las manos o su cara se enrojece".

Si no frenan a tiempo, pueden derivar en una amplia gama de conductas transgresoras: exhibirse desnudos, obligar al contacto con genitales, forzar a mantener contactos sexuales con otros niños, hacer ver películas u otro material pornográfico, hacer posar para material fílmico erótico. Y, en casos más extremos, obligar a mantener prácticas sexuales por vía oral, o con penetración digital, fálica o con objetos.

Pero según datos del Equipo de Prevención del Abuso y Maltrato en Menores (EPAMM), la mayoría de los abusos no incluye la penetración sino la fricción de los genitales; sólo en el 30% de los casos se hallan huellas físicas en una revisación. Por tanto, es erróneo creer que si no hay marcas físicas no hubo abuso.

El infierno tan temido

Guillermo, de 43, fue abusado en su infancia pero recalca que no por eso hoy es un abusador: "Tengo muy buen trato con los pibes pero ni una millonésima parte de un pensamiento de querer abusar de un nene por venganza; al contrario, soy el Súperman de los niños que los va a defender. Mi venganza es contra los abusadores".

En un foro titulado El sueño prohibido un usuario dejó escrito un testimonio menos contundente: "Lo que me atrae de una niña no es el sexo sino su inocencia. Consumo mucha pornografía infantil, sexualmente no me atraen mucho las mujeres mayores, pero no creo que tenga alguna enfermedad. No deseo hacer daño a nadie, aunque en un momento de calentura se puede llegar a hacer cualquier cosa.

¿Ustedes creen que soy un enfermo o un monstruo?". La negación del problema es una conducta típica de los pedófilos. "Aquello que no es correcto se minimiza –dice Boschi, y ejemplifica–: Quizá la cara del nene es de susto y la ven como de aceptación; creen que goza como ellos." Pase lo que pase por la cabeza del pedófilo, lo seguro es el infierno que habita el abusado desde ese instante. Aunque algunos afortunados, con ayuda y valentía, logren convertir el sufrimiento en otra cosa. Bien lo sabe Valeria. "La rehabilitación te lleva toda la vida. Pero si te animás a hablar, a decir 'Yo pude recuperarme', lo que te hizo mal se convierte en herramienta para ayudar a otros. Mientras permanecés en silencio estás en una cárcel; contás lo que te pasó y te liberás." Una libertad, una certeza, que hace añicos cualquier siniestro símbolo.

NIÑOS CON BAJA AUTOESTIMA


Los chicos con baja autoestima son más propensos a los abusos sexuales.

El director del Instituto Guestalt de Lima (IGL), Manuel Saravia, advirtió que los niños, niñas y adolescentes con baja autoestima y que sienten falta de cariño o atención de sus progenitores son los más propensos a ser víctimas de abuso sexual.

El especialista señaló que para evitar más casos de abuso sexual contra los menores de edad se debe fortalecer en ellos una buena autoestima para que aprendan a respetar sus cuerpos y a identificar cuándo se les falta el respeto.

“Los niños y niñas deben aprender a distinguir quién los ama y quién solo busca someterlos o utilizarlos. Es necesario hablar en el hogar sobre el abuso sexual”, refirió el titular del IGL.

“Hay padres o madres que piensan que hablar sobre este tema puede desatar temores en sus hijos e impedir un sano desarrollo sexual. Al contrario, hablar sobre el tema facilita que no sean víctimas de abuso”, agregó.

Saravia Oliver señaló que, aunque no existe un perfil específico de un abusador sexual infantil, mayormente los niños y niñas son víctimas de personas de su propio entorno, ya sea conocidos de la familia, vecinos, familiares o los propios padres.

PERFIL DE UN PEDÓFILO


Muchos pedófilos revindican su comportamiento y el FBI ha detectado el uso de simbología, que hasta se tatúan, para ostentar su atracción por menores. El peligro de internet. Claves para estar alerta

Según UNICEF, cada hora 228 chicos de América latina son abusados sexualmente y la nueva modalidad de los pedófilos para captar a sus víctimas ha llegado de la mano de Internet.

Una encuesta de la asociación civil Chicos.net expone que el 14 por ciento de los chicos de entre 8 y 13 años tuvo alguna “experiencia percibida como desagradable” navegando por internet, que incluye, entre otras: solicitud de imágenes y datos personales, encuentros con personas que no eran quienes decían ser, y hasta propuestas para tener relaciones sexuales.

La pedofilia es la atracción sexual primaria que siente un adulto hacia niños o adolescentes; muchas veces se la confunde con pederastia, que designa específicamente a la práctica sexual entre un adulto y un menor.

Según publica la revista dominical de un diario porteño, para evitar confusiones entre los términos, actualmente los especialistas prefieren hablar de “abuso sexual infantil” y encuadrar así a todas las situaciones de erotismo con niños.

Para ser considerado un pedófilo la persona debe ser mayor de 16 años y tener al menos cinco años más que el menor abusado. Y de acuerdo a la ONG española Acción Contra la Pornografía Infantil, el perfil de los pedófilos es el siguiente:

Por lo general son varones (en un 90 por ciento de los casos); tienen entre 30 y 45 años; desempeñan profesiones más calificadas que los violadores de mujeres adultas; se encuentra integrados en la sociedad y hasta están casados; niegan sus crímenes o los minimizan (66 por ciento), se niegan a recibir tratamiento (58 por ciento); tienen capacidad para controlar su conducta y son reincidentes (en el 90 por ciento); conocen a su víctima o son sus padres o familiares (85 por ciento y 68 por ciento, respectivamente).

Asimismo, un informe del FBI alerta sobre ciertos símbolos gráficos y logos que los abusadores de menores utilizan para identificarse de acuerdo a sus preferencias sexuales. Los mismos aparecen en anillos, colgantes, adhesivos, o incluso en tatuajes.

Se trata de dos figuras en la que el contorno mayor alude al adulto y la menor al chico. Así un triángulo representa a los que gustan de los varones, un corazón al los que prefieren a las niñas; y una mariposa -formada por dos corazones grandes y dos pequeños rosas y celestes- la atracción por ambos sexos.

UNICEF EXIGIÓ


La institución benéfica UNICEF exigió hoy que la prostitución infantil sea castigada y perseguida más allá de las fronteras nacionales, al presentar en Berlín su último informe titulado "Frena la explotación sexual".

La organización responsable de proteger los derechos de la infancia da así un paso importante en su lucha contra la pornografía y la prostitución infantil, así como contra el tráfico de menores.

Aquellos responsables de cometer este tipo de actos deberían ser penados por la ley, independientemente del país en el que los cometen, explicó el embajador de UNICEF y actor Roger Moore durante la presentación del informe.

Según estimaciones de Naciones Unidas, el año pasado se abusó sexualmente de un total de 150 millones de niñas y 73 millones de niños en todo el mundo.

"Personas de todos los rincones deben saber que el abuso de niños, así como el consumo de pornografía infantil, son dos delitos que estarán sujetos a penas más duras", afirmó Moore.

El actor, que otrora dio vida en la gran pantalla al legendario agente secreto James Bond, lleva 18 años luchando por preservar los derechos de niños y adolescentes.

De hecho, Moore relató cómo le impactó la charla que mantuvo en Brasil con una niña de doce años que fue violada por un policía cuando tenía tan sólo ocho.

"No creo que haya trauma más humillante para los derechos de los niños que sufrir abusos en su cuerpo por parte de adultos sin escrúpulos", añadió.

El informe insiste en que aquél que consume pornografía infantil está entreteniéndose con documentación delictiva.

Por ello, la gerente de UNICEF Regine Stachelhaus exigió la persecución sistemática de todos aquellos servidores y portales de Internet que toleran la pornografía infantil.

"Cada día se cuelgan en Internet 200 nuevas fotografías con pornografía infantil por el mundo", criticó la ministra alemana de Familia, Ursula von der Leyen.

De hecho, en 2008, circularon por la Red quince millones de copias con contenido pornográfico, lo que supone más del doble que en 2007.

No obstante, la ministra se mostró optimista por el nuevo proyecto de ley de Berlín que permitirá bloquear las webs con servidor en el extranjero que contengan pornografía infantil, una iniciativa que ha contado con el apoyo de los principales proveedores de servicios de Internet en Alemania.

Según el informe de UNICEF, la amenaza de sufrir abusos sexuales por parte de niños desatendidos es mayor en los países en los que hay vacío legal y los políticos reaccionan de forma indiferente.

Por ejemplo, sólo en Filipinas, más de 100.000 niños son explotados sexualmente cada año, y en Kenia, dos tercios de los clientes son adinerados y proceden de países industrializados.

miércoles, 27 de mayo de 2009

LLAMA CDHDF A GARANTIZAR LA INTEGRIDAD FÍSICA DE LYDIA CACHO


La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) manifiesta su preocupación por las amenazas que ha recibido la periodista Lydia Cacho, que se presumen como actos que buscan amedrentar a la informadora y defensora de derechos humanos.

La CDHDF hace un llamado a las autoridades responsables a garantizar la seguridad e integridad física de Lydia Chacho.
De acuerdo con información proporcionada por Lydia Cacho, un automóvil Chevy modelo 2008 color azul plata se ha apostado en los últimos días por varias horas frente a su domicilio en Cancún. Testigos señalan que en una ocasión descendió del vehículo “un hombre de aproximadamente 1.60m de altura, tez morena y de complexión robusta”, quien inspeccionó y tomó fotografías de la vivienda de la periodista, luego se acercó a su automóvil para fotografiarlo e inspeccionar las llantas delanteras. Los testimonios señalan que el hombre portaba una pistola tipo escuadra fajada en la parte baja de la espalda.

La periodista también ha recibido en los últimos días amenazas de muerte en su blog, según las cuales su integridad física corre peligro.

jueves, 21 de mayo de 2009

PGJDF ACEPTA RECOMENDACIÓN POR CASO CASITAS DEL SUR


La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) aceptó en términos generales la recomendación emitida por la Comisión de Derechos Humanos local en relación con el caso de los albergues Casitas del Sur.
La dependencia precisó en un comunicado que el subprocurador Jurídico y de Derechos Humanos, José Ramón Amieva Gálvez, dio respuesta en tiempo y forma a la recomendación 4/2009 del organismo autónomo, detallando que se aceptan la mayoría de sus términos.

No obstante, la PGJDF detalló que se rechazan las recomendaciones encaminadas a la pronta localización de los menores desaparecidos de los referidos albergues, pues esto ya es materia de la Procuraduría General de la República (PGR).

"Se aceptan los puntos recomendatorios dirigidos a esta Procuraduría", por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), excepto la localización de los menores, expuso.

Aclaró que acepta varios puntos "salvo la parte que corresponde a la integración de las averiguaciones previas relacionadas con los niños desaparecidos, pues los mismos han quedado sin materia, al haber ejercitado la PGR, la facultad de atracción".

Indicó que en próximos días, y para dar cumplimiento a la recomendación, se estarán emitiendo instrumentos normativos que permitan dotar de oportunidad, certeza, registro, control y seguimiento a la intervención del Ministerio Público.

De esa forma será en los casos en que sea necesario para proteger a los niños y niñas en situación de abandono, riesgo, entre otros, agregó.

La Procuraduría General de Justicia capitalina ratificó su disposición de trabajar coordinadamente con la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal en la defensa de los derechos fundamentales de los habitantes de la ciudad, finalizó

viernes, 8 de mayo de 2009

ENVÍA ALDF LEYES EN PRO DE LOS NIÑOS A LA CONGELADORA


La Asamblea Legislativa concluyó sus trabajos y dejó pendientes importantes reformas legales que protegen a los niños, por lo que fueron en esta Legislatura los menos beneficiados en materia legal.
Por ejemplo, los diputados locales no aprobaron varios dictámenes que proponían evitar la revictimización de los menores de edad que son violados por un adulto, el trato que deben recibir en las agencias del Ministerio Público, la posibilidad de denunciar a partir de los 18 años cualquier abuso sexual del que haya sido víctima, tipificar el consumo de prostitución infantil, nuevas reglas de adopción y ampliar el sistema de bloqueo en las páginas de internet no sólo a los niños, sino a los adultos.

El legislador Agustín Castilla Marroquín, del PAN, lamentó que muchas de estas reformas se queden en el tintero, ya que a pesar de existir una promesa de un periodo extraordinario de sesiones después de las elecciones, no hay nada seguro.

Señaló que la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la ALDF, a cargo de Daniel Ordóñez, del PRD, consideró inconstitucional pretender que se utilicen medios alternativos como la videograbación para registrar la declaración principal del menor, así como las diligencias, inspecciones y careos para evitar la repetición del incidente por parte del niño; que las audiencias de desahogo de pruebas se lleven a cabo a puerta cerrada y en lugar apto para el menor; y que las víctimas puedan oponerse a la repetición de peritajes que vayan en contra de su integridad física, sicológica o emocional.
El principal argumento para oponerse a apoyar estas propuestas avaladas también por organizaciones sociales fue que no se cumplía con las condiciones de equidad hacia el agresor.

Lo único que podrían incluir es que el menor cuente con el apoyo de personal especializado durante la exploración médica, siquiátrica o ginecológica.

Frente a este hecho, Castilla señaló que varias organizaciones que están a favor de la defensa de los niños están molestas. “Vamos a consultar a especialistas para dar la batalla e insistir que se aprueben porque son necesarias”, se comprometió.

Por otra parte, el diputado panista adelantó que hoy enviará una carta al jefe de Gobierno, Marcelo Ebrard, para exigirle la instalación de una comisión interinstitucional que busca prevenir la trata de personas, el abuso y el comercio infantil.

Esta ley fue aprobada por la ALDF y publicada en la Gaceta Oficial del DF. Uno de sus artículos menciona la creación de esta comisión que será la encargada de elaborar un programa general de prevención para evitar cualquier delito de esta índole en contra de los niños. “El 8 de diciembre era el plazo y el programa debería estar listo desde el 27 de enero”, detalló el legislador, quien manifestó su enojo por este hecho.

En esta Legislatura, expresó, lo único que fue posible sacar fue una modificación al Código Penal local para tipificar los delitos contra los menores (turismo sexual, pornografía, prostitución infantil y comercio sexual).

Además se aprobó la Ley para Prevenir y Erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil para el DF, pero falta que se forme esta comisión para que realmente opere.

También los diputados aprobaron reformas a la Ley para el Funcionamiento de los Establecimientos Mercantiles que incluye colocar en los hoteles y baños públicos la pena que se hará acreedor un adulto que abuse de un menor de edad; la prohibición en la venta de pornografía infantil y sistemas de bloqueo en los cafés internet para que los pequeños no vean páginas prohibidas.

Otra iniciativa congelada es la que propuso la perredista Esthela Damián Peralta, quien consideró necesario que los padres que abusaban sexualmente de sus hijos se les retirara la patria protestad, y que los niños tuvieran la oportunidad, a partir de los 12 años de edad, de denunciar cualquier abuso que hayan sido víctimas

PEDERASTIA EN INTERNET


La mera tendencia sexual (pedofilia), no se encuentra penada en la inmensa mayoría del derecho penal al ser un derecho penal de acto y no un derecho penal de autor.

Sin embargo en algunas conductas determinadas, incluso los Códigos penales occidentales contemplan delitos que castigan la mera tendencia.

Pese a esto algunos periódicos y otros medios hacen un uso erróneo de los términos «acusado de pedofilia» o «pedófilo convicto» en referencia a individuos acusados o convictos por abuso sexual infantil e incluso otros términos como «pedófilo en serie». Sin embargo, pederastia se utiliza de forma preferente en el sentido de delito, y menos frecuentemente como enfermedad; en la prensa se habla de «delitos de pederastia», «condenado a 40 años por pederastia», «acusado de pederastia» y «red de pederastia». Esta preferencia de emplear pedofilia para referirse a la atracción sexual o la enfermedad, puede deberse al hecho de que este término es actualmente el más utilizado en psiquiatría para designar el transtorno mental y, por influencia médica, es la palabra escogida por los periodistas para hablar en términos psiquiátricos.

Pederastia e internet

Los pederastas suelen intercambiar información sobre cómo engañar a los padres de un niño, cómo intercambiar pornografía de forma privada y cómo evitar ser descubiertos. Los foros en los que operan son cada vez más cerrados. Los que tienen conocimientos sobre seguridad en internet los comparten con los demás, de modo que cada vez son más difíciles de localizar, si bien los métodos de la policía son, también, cada vez más sofisticados.

Las imágenes que se suelen ven por internet proceden de lo que la Policía llama "intercambio altruista". Normalmente no son colocadas por organizaciones, sino por los propios pederastas, que muchas veces las obtienen de su entorno familiar (hijos, sobrinos, hijos de vecinos...).

Los policías expertos en internet han explicado en reiteradas ocasiones que los pederastas se infiltran a menudo en chats de adolescentes, haciéndose pasar por personas de su misma edad y consiguiendo en algunos casos que lleguen a desnudarse frente a la webcam. También intentan obtener sus teléfonos para tratar de lograr un contacto real. Lo más usual es que el pederasta entre en un chat, se registre con un apodo y abra una sala de usuario en la que, en apenas media hora, puede intercambiar decenas de fotos y vídeos. Luego la sala desaparece.

De acuerdo con diversos informes policiales, los pederastas empiezan con imágenes más suaves y van derivando hacia imágenes cada vez más duras y con víctimas más jóvenes, lo que les lleva a desear un contacto real que, en muchos casos, se acaba satisfaciendo en el denominado "turismo sexual".

Medidas de control de la pederastia por internet [editar]En junio de 2008, tres grandes proveedores de internet en Estados Unidos, Verizon, Sprint y Time Warner Cable, llegaron a un acuerdo para bloquear los boletines on line y páginas web a través de las que se distribuyen imágenes de pornografía infantil. Por su parte, Microsoft desarrolló un sofisticado programa para rastrear pederastas en la red, que fue puesto en práctica por la policía de Toronto (Canadá).

En Reino Unido, la policía creó un portal trampa sobre pedofilia con la intención de cazar a los que busquen este tipo de contenidos en Internet. La página ofrecía indicios de contenido ilegal y luego almacenaba los datos de las personas que intentaban acceder a contenidos más escabrosos. En China, con más de 90 millones de usuarios de internet, cerca del 50% de los cuales son menores de 24 años, se ha llegado a restringir el uso de contraseñas en para luchar contra las páginas de contenido pedófilo.

jueves, 7 de mayo de 2009

EN MÉXICO Y EN EL MUNDO LA LEY TIENE QUE CAMBIAR


EFE MADRID 04.05.2009

Al octogenario la Audiencia de Salamanca le impuso 8,5 años de cárcel
Abusó de ella en varias ocasiones en la casa que pasaban las vacaciones
Están probadas penetraciones con un artilugio, tocamientos y otros maltratos
La nieta denunció los hechos, ocurridos hasta los 17, cuando tenía 24 años

El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a un octogenario al que la Audiencia de Salamanca impuso una pena de ocho años y medio de cárcel por abusar de su nieta durante al menos diez años, al declarar prescritos los delitos de abusos sexuales por los que el anciano fue condenado.

Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del Supremo en una sentencia en la que estima el recurso interpuesto por Cirilo M.I. contra la dictada en mayo del año pasado por la Audiencia Provincial de Salamanca.

La Audiencia Provincial le condenó por haber abusado de su nieta en varias ocasiones mientras pasaba sus vacaciones de verano en Villaflores, municipio donde residían los abuelos.

El Tribunal consideró probado que el acusado era autor de un delito continuado de abusos sexuales contra su nieta, a la que realizó tres penetraciones con un artilugio que simulaba un pene de madera y otros maltratos cuando la chica contaba menos de 13 años.

Tras cumplir los 13 años y hasta los 16 ó 17 también fue objeto de tocamientos por parte de su abuelo, quien le ofrecía dinero por dejarse besar o verla desnuda.

Durante el juicio, la nieta, que denunció los hechos cuando tenía 24 años, aseguró que había grabado a su abuelo con un teléfono móvil y eso fue lo que la ayudó a denunciar.

Por su parte, el acusado negó los hechos y declaró que era la niña la que se le insinuaba y le provocaba.

Transcurridos los diez años exigidos por el Código Penal

El Alto Tribunal indica que los tres delitos de abuso sexual con penetración han prescrito, ya que pudieron tener lugar entre agosto de 1990 -con 8 años- y agosto de 1994 -con 12 años- y cuando se denunciaron el 5 de octubre de 2004 ya habían transcurrido los diez años exigidos en el Código Penal.

Los posteriores hechos, que tuvieron lugar entre agosto de 1995 y agosto de 1999, también han prescrito al haber transcurrido los tres años exigidos por ser delitos menos graves, según la sentencia del Tribunal Supremo de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez

viernes, 24 de abril de 2009

PEDERASTÍA EN EL CÓDIGO PENAL FEDERAL


Por unanimidad, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó las reformas legislativas con las que se tipifica el delito de pederastia en el Código Penal Federal.

Con 294 votos a favor, se aprobó la reforma en la que se señala que quienes atenten contra el libre desarrollo de la personalidad de las niñas, niños y adolescentes por la ejecución de actos sexuales, serán castigados con una pena de 9 a 18 años de prisión y una multa de 750 a 2 mil 200 días.

La reforma impulsada por la diputada Claudia Cruz del PRD prevé que la prescripción de este delito comienza a correr a partir de que la víctima cumple 18 años, dando la posibilidad a la misma de que denuncie cuando alcance la mayoría de edad.

Se establece que las instituciones, asociaciones, organizaciones o agrupaciones de carácter religioso, cultural, deportivo, educativo, recreativo o de cualquier otra índole pública o privada a las que haya pertenecido el pederasta, estarán obligados a tomar medidas de protección, control y prevención del delito.

Además podrán estar sujetos a recibir sanción administrativa por tolerar, permitir o encubrir las conductas pederastas y estarán obligados a reparar el daño.

“Se aplicará de 9 a 18 años de prisión y de 750 a 2mil 250 días multa a quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de 18 años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole y ejecute, obligue, induzca o convexa a ejecutar cualquier acto sexual con o sin su consentimiento.”

“La misma pena se aplicará a quien comenta este delito en contra de la persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo”, precisa el artículo del Código Penal para tipificar la pederastia.

Se preciso que las personas que no denuncien los hechos delictivos de pederastia que conozcan y protejan a la persona que los cometió serán sancionados con prisión de 3 a 6 años y con multas de 50 a 200 días.

Además, la reforma prevé que cuando medie la violencia física en la pederastia, la pena será aumentada.

Se establece que el autor del delito se sujetará a un tratamiento médico integral durante el tiempo que dure su pena, sin que pueda concedérsele la libertad preparatoria.

jueves, 23 de abril de 2009

NO LO PODEMOS PERMITIR


No puede ser posible que “Los legisladores del Distrito Federal sean los más caros de México, que cuesten más incluso que los Diputados y Senadores de la República.”
“Que le cuesten al erario cerca de 18.4 millones de pesos” y que en ese contexto hayan quedado decenas de Iniciativas pendientes de aprobar, muchas de ellas de suma importancia, como la Iniciativa para la protección de menores de edad víctimas del delito y que con el fin de evitar su revictimización se propuso reformar diversas disposiciones del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES, CÓDIGO PENAL Y LEY DE ATENCIÓN Y APOYO A LAS VÍCTIMAS DEL DELITO.
Que de acuerdo con cifras oficiales, 4% de las denuncias presentadas son por abuso sexual. Que entre 1997 y 2003 se registraran 53 mil violaciones sexuales de menores, “Para quien ha sufrido de abuso sexual o una violación, así como para sus familiares, no es accesible la justicia, ya que aún se sigue produciendo en casi todas las instancias sociales un hecho irracional: la inadmisible protección al violador y abusador sexual.”
Es necesario que la ley recoja la defensa de los derechos más elementales de las niñas y los niños quienes deben ser protegidos en todo momento por el Sistema de Procuración de Justicia.
Será tal vez para la siguiente legislatura la oportunidad de aprobar dicha iniciativa, mientras tanto no podemos acostúmbranos a ver con normalidad casos como el de “Casitas del Sur” acostumbrarnos a ellos y permanecer callados.


MIGUEL ADAME VÁZQUEZ.
Abuso Sexual Infantil, Nunca Más.

lunes, 20 de abril de 2009

INICIATIVA DE LE EL CONCEPTO DEL INTERES SUPERIOR DE LA INFANCI A LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESENTES




INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA CLAUDIA LILIA CRUZ SANTIAGO, DEL GPPRD, PARA PRESENTAR POSICIONAMIENTO A FAVOR DEL DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 4 DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, PRESENTADO POR LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES

Dip. Claudia Lilia Cruz Santiago:


En el marco internacional, la Convención de los Derechos del Niño, suscrita y ratificada por nuestro país, refiere un marco amplio de diversas garantías efectivas. Y en la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, se proclaman como derechos de la infancia: el cuidado y asistencias especiales que requieren, incluyendo el deber para que se le brinden al infante, los medios apropiados para lograr su crecimiento y bienestar, a través de la protección y asistencia que sean necesarias.

En este instrumento internacional, se establece claramente que todas las medidas que se apliquen, deberán ser tomadas por las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, en consideración al interés superior del niño.

Siendo así, como los Estados Parte nos encontramos comprometidos para asegurar a las niñas, niños y las y los adolescentes, la protección y el cuidado que sean necesarios, tomando en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de ellas y ellos ante la ley. Y con ese fin, tomarse todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger a los infantes contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluyendo el abuso sexual o en cualquier modalidad.

Estos instrumentos reconocen el derecho de todo infante a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. Consecuentemente, los Estados Parte de la Convención, debemos estipular y llevar a cabo todas las medidas y políticas necesarias que garanticen el interés superior de la infancia.

México, en materia de infancia, además de los anteriores instrumentos ha ratificado diversos convenios de gran valía, tales como el Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de Trabajo Infantil; el Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la utilización de Niños en la Pornografía y el Protocolo para prevenir reprimir y sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños.

Asimismo, en la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, México asumió un compromiso vinculante para brindar un futuro mejor a todas y todos los infantes. Y en el ámbito interamericano, México firmó la Convención Interamericana sobre el Tráfico Internacional de Menores.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la opinión consultiva número OC-17/2002, refiere que la expresión “interés superior del niño” implica que el desarrollo de éste y el ejercicio pleno de sus derechos, deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas, cuya aplicación deberá realizarse en todos los órdenes relativos a la vida de la niña, niño y de las y los adolescentes, con el propósito de lograr su crecimiento y desarrollo pleno dentro de un ambiente sano, tanto en el aspecto familiar como social.

Por tanto, las instituciones públicas o privadas que brinden servicios de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas, órganos legislativos de los distintos órdenes y niveles de gobierno, deben considerar como prioridad y obligación el interés superior de la niña, niño y adolescente, para que en las políticas públicas se dé preferencia a los derechos de la niñez; los cuales deberán prevalecer sobre otros intereses, particularmente si entran en conflicto con aquellos.

Por lo anterior, está Honorable Soberanía, por conducto de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, al aprobar la reforma al artículo 4º de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, se atiende de manera integral lo que significa e implica el interés superior de la infancia. Con lo anterior, hemos logrado un gran avance en el respeto a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, al considerar que el principio superior de está población, constituye la obligación que tiene el Estado para que sus criterios, disposiciones, políticas, acciones y decisiones, en sus distintos niveles y ordenes de gobierno, busquen el beneficio directo del infante y del adolescente a quienes van dirigidas. Y que las instituciones de bienestar social, públicas y privadas, los tribunales, las autoridades administrativas y los órganos legislativos, al actuar en sus respectivos ámbitos, otorguen prioridad a los temas relacionados con todos los órdenes relativos a la vida de la niña, el niño y las y los adolescentes.

Quiero terminar diciendo que esta iniciativa fue elaborada por quienes han sido padres y madres de niños y niñas abusados por sacerdotes y maestros en escuelas primarias y en los jardines de niños.

Esta iniciativa es un beneficio que los padres y madres de familia me han reiterado infinidad de veces; (han pedido) que esto nunca más pase en un colegio o por alguien que simplemente sea parte de la vida social de un niño y que éste sea abusado.


Muchas gracias.


En términos generales el proyecto de decreto que reforma el artículo 4º. de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que las normas aplicables a niñas, niños y adolescentes, tendrán como propósito fomentar sus capacidades y garantizar el respeto a la dignidad y el ejercicio pleno de sus derechos. Que el Estado en sus tres ordenes de gobierno, tendrá la obligación de aplicar criterios, disposiciones, políticas, acciones y decisiones que busquen el beneficio del infante y del adolescente. Asimismo, que las instituciones de bienestar social, públicas y privadas, los tribunales, las autoridades administrativas y los órganos legislativos, en la actuación de sus atribuciones y funciones, deberán otorgar prioridad a los intereses de este sector de la población.

Es muy importante mencionar, que se emitieron 344 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

El proyecto pasara en breve a la Cámara de Senadores para su estudio y eventual votación.
Etiquetas: derecho de las víctimas, Dip. Claudia Cruz, Interés Superior de la Infancia, Ley para la Protección de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes, víctimas

RECOMENDACIÓN


RECOMENDACIÓN

En relación con la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Primera. Se continúe con una investigación diligente, exhaustiva y eficaz de las averiguaciones previas relacionadas con las y los niños desaparecidos, para lograr su ubicación y recuperación; el establecimiento de las responsabilidades en los hechos y la sanción correspondiente; y el deslinde de las responsabilidades a las que haya lugar.

Segunda. A fin de avanzar en la investigación sobre la ubicación de todos y cada uno de los niños y niñas que hayan desaparecido de “La Casita del Sur”, en un plazo que no exceda de un mes se realicen las acciones necesarias para contar con la información correspondiente a todos los niños y las niñas que hayan sido canalizados a tal casa hogar y, en su caso, los momentos y motivos de su egreso. Al respecto, si al cotejar la información que se obtenga con la lista de los niños y las niñas recuperados se observa una discrepancia que no permite establecer el paradero de alguno o algunos de los niños o las niñas, a la brevedad se realicen las investigaciones correspondientes —de forma diligente, exhaustiva y eficaz— para lograr su ubicación y recuperación, así como el establecimiento de las responsabilidades en los hechos y la sanción correspondiente.

Tercera. En relación con los dos puntos anteriores, se establezcan mecanismos internos de coordinación eficaces para garantizar que la información con la que cada una de las áreas de esa Procuraduría cuente respecto de los hechos materia de esta Recomendación sea comunicada oportunamente a las demás áreas involucradas con la investigación de los hechos. Para este fin, se establezca un área encargada de la coordinación y recopilación de la información.

Cuarta. Por lo que hace a las niñas y los niños que fueron recuperados en la diligencia judicial del 29 de enero de 2009 y que aún continúen a disposición de esa Procuraduría, se establezcan los mecanismos necesarios para garantizar que éstos continúen recibiendo la asistencia y atención victimológica necesaria.

Quinta. En un plazo que no exceda de 3 meses se realicen las acciones necesarias para establecer lineamientos específicos tendentes a que, de conformidad con la normatividad interna de esa Procuraduría, en todos los casos en los que un niño o niña sea víctima del delito y sea necesaria la separación del niño o niña de su núcleo familiar, sea la Fiscalía del Menor la instancia encargada de determinar medidas provisionales respecto de la situación jurídica de tales niñas o niños. En caso de que el personal ministerial que conozca de esos hechos pertenezca a otra Fiscalía, de inmediato deberá dar aviso a la Fiscalía del Menor para que ésta emita la determinación provisional correspondiente respecto de la situación jurídica de la niña o el niño. Al respecto, se prevea que estos lineamientos establezcan la obligación de escuchar, en todos los casos en que sea posible, tomando en consideración su edad y condición, la opinión de las niñas o niños afectados.

Además, en relación con lo anterior, tomando en cuenta las facultades y deberes específicos del DIF DF y de la Sedeso en el tema de protección de la infancia, una vez que se hayan dictado las medidas provisionales, en un plazo que no exceda de un mes se formalice el aviso correspondiente al DIF DF y a la Sedeso, para que dentro del ámbito de su competencia y en coordinación con la Procuraduría, lleven a cabo las acciones de protección de los derechos de la infancia.

Sexta. En relación con lo anterior, dentro de los lineamientos descritos se prevea que cuando para garantizar el interés superior del niño y la niña, luego de realizar una investigación exhaustiva tendente a ubicar otras alternativas, deban ser separados de su núcleo primario y/o secundario, y deban ser integrados a algún albergue, casa hogar o de asistencia, se defina claramente en la medida provisional que están a disposición del Ministerio Público y que los cuidados son sólo una medida temporal, hasta en tanto se resuelve la investigación ministerial o, en su caso, con la coordinación del DIF DF y de la Sedeso se define su situación jurídica en definitiva.

Séptima. En relación con lo anterior, en un plazo que no exceda de un mes se diseñe el contenido de un acta que —con las formalidades que se requieren— incluya por lo menos la identificación, cargo y firma de quien se responsabiliza de los cuidados y atenciones del niño o niña que vaya a ser integrado al albergue, casa hogar o casa de asistencia social, en el que claramente se defina que la estancia del niño o niña será temporal; que éste como medida provisional se encuentra a disposición de la Procuraduría capitalina; y se detallen tanto las obligaciones y deberes en relación con el niño o la niña, como los derechos que le asisten.

Octava. Por otra parte, en los lineamientos referidos en el punto recomendatorio quinto, se prevea que cuando tras una investigación exhaustiva se establezca que los niños y niñas ya no podrán ser reincorporados a su núcleo familiar primario o con familiares alternos u otras personas con las que tengan comunicación frecuente que pudieran garantizarles los cuidados y atenciones que requieren, porque existen causas suficientemente fundadas y motivadas, con la coordinación del DIF DF se dé intervención a un Juez de lo Familiar para que resuelva, en definitiva, la situación jurídica de ese niño o niña.

Novena. En relación con los puntos anteriores, en el mismo plazo de 3 meses se diseñe un programa de supervisión para que, cuando tras una investigación exhaustiva el personal ministerial determine que no existe riesgo para el niño o niña víctimas del delito para ser integrados a su núcleo familiar primario o con familiares alternos u otras personas con las que tengan comunicación frecuente que pudieran garantizarles los cuidados y atenciones que requieren, independientemente de la investigación ministerial que se siga y de la determinación que, en su momento, recaiga a la indagatoria en la que tienen o tuvieron la calidad de víctimas del delito, se lleven a cabo acciones posteriores a la reintegración para corroborar que permanecen las condiciones adecuadas que garanticen la protección y el desarrollo armónico del niño o niña. Para este fin, de considerarlo necesario se establezcan mecanismos de coordinación con otras áreas de esa Procuraduría u otras instancias de gobierno —local o federal—.

Décima. En relación con lo anterior, en un plazo que no exceda de un mes se diseñe un acta que —con las formalidades que se requieren— incluya por lo menos la identificación y firma de quien se responsabiliza de los cuidados y atenciones del niño o niña. Dicho documento deberá definir claramente las obligaciones y deberes en relación con el niño o la niña y deberán detallarse cada uno de los derechos de los niños y las niñas.

Décimo primera. En relación con los lineamientos referidos en el punto recomendatorio quinto, se establezcan mecanismos de coordinación y colaboración con otras instancias de gobierno —local o federal— a fin de garantizar que se preste a las personas que están en condiciones psicológicas —mas no materiales— de asumir los cuidados de los niños o niñas, el apoyo necesario para garantizar que las niñas o niños no sean remitidos a una institución asistencial únicamente por cuestiones ajenas a sus familiares primarios o alternos —como pudieran ser por carecer de los satisfactores necesarios o del tiempo suficiente para su atención—.

Décimo segunda. Independientemente de lo anterior, en un plazo que no exceda de 15 días se comunique por escrito a todo el personal ministerial que integra averiguaciones previas y que determina, aunque sea de forma provisional, situaciones jurídicas de niñas y niños (iniciando con la Fiscalía del Menor), que a fin de salvaguardar los derechos de las niñas y los niños y para cumplir con la normatividad en la materia, está prohibida la emisión de cualquier acuerdo que, sin previa valoración judicial, determine en definitiva o de forma indefinida los cuidados y atenciones de una niña o niño a favor de una persona que no ejerza la patria potestad sobre él o ella.

Décimo tercera. En tanto se logra la ubicación del paradero de los niños y niñas que no han sido localizados, sin demérito del apoyo que se está brindando a los familiares de las y los niños desaparecidos, se conforme un grupo de apoyo interdisciplinario que dé acompañamiento permanente de tipo psicológico, jurídico y social a las víctimas de las violaciones a derechos humanos y les brinde una reparación integral.

Décimo cuarta. En un plazo que no exceda de tres meses se diseñe una base de datos común que permita identificar con claridad, por lo menos lo siguiente:

a) La población que a partir de la fecha de la emisión de la presente Recomendación es integrada temporalmente a un albergue, casa hogar o casa de asistencia social —ya sean públicos o privados—;

b) Las fechas de ingreso y, en su caso, egreso;

c) El tipo de seguimiento a la situación jurídica de la averiguación previa con la que, en su caso esté relacionado el niño o la niña;

d) El tipo de seguimiento a las condiciones y desarrollo de cada uno de los niñas y niñas ingresadas a esos lugares;

e) El acompañamiento y/o intervención de tipo jurídico, psicológico, de trabajo y asistencia social que se brinda tanto al niño o niña víctima del delito, como a sus familiares, cuando sea posible y no se les ponga en riesgo, para que se pueda restablecer su convivencia cuando se haya determinado la situación jurídica tanto de la investigación ministerial como de, en su caso, la judicial;

f) En su caso, el seguimiento correspondiente cuando se promueva la intervención judicial para determinar en definitiva la situación jurídica de ese niño o niña; y

g) Todas las demás que esa Procuraduría considere pertinentes para lograr un efectivo control y seguimiento.

En relación con la Secretaría de Desarrollo Social:

Único. Independientemente de las obligaciones señaladas en los apartados anteriores, en un plazo que no exceda de 6 meses, en su carácter de Secretario Técnico y Vicepresidente de los Consejos Promotor de los Derechos de las Niñas y Niños y de Asistencia e Integración Social, ambos del Distrito Federal, promueva la discusión, diseño y creación de un mecanismo o instancia eficaz que coordine —con carácter vinculante respecto de las demás instancias que integran esos Consejos y autónomo— el cumplimiento de las obligaciones que por Ley están conferidas a los mismos en materia de infancia e impulse la implementación de políticas públicas en relación con este tema. Para este fin, prevea lo necesario para garantizar que dicho mecanismo o instancia cuente con recursos —materiales y humanos— suficientes para el desarrollo de sus actividades.

En relación con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF DF y Secretaría de Desarrollo Social:

Primera. Independientemente de las obligaciones señaladas en el apartado anterior, en un plazo que no exceda de 3 meses se envíe a la Procuraduría capitalina la información relacionada con las acciones de apoyo, asistencia y acompañamiento específico que se pueden brindar a las niñas y a los niños víctimas del delito y/o a las personas que están en condiciones psicológicas —mas no materiales— de asumir los cuidados de los niños, para garantizar que las niñas o niños no sean remitidos a una institución asistencial únicamente por cuestiones ajenas a sus familiares primarios o alternos —como pudieran ser por carecer de los satisfactores necesarios o del tiempo suficiente para su atención—.

Segunda. Tomando en cuenta las facultades y deberes específicos del DIF DF y de la Sedeso en el tema de protección de la infancia y de la regulación a la asistencia social, en un plazo que no exceda de 3 meses se definan las obligaciones específicas y deberes de cada uno de los involucrados, así como el responsable directo de la coordinación, en relación con que una vez que el agente del Ministerio Público haya dictado las medidas provisionales, y haya dado aviso sobre dicha situación, dentro del ámbito de su competencia y en coordinación con la Procuraduría, se realicen las acciones de supervisión y, en su caso, se promuevan las medidas pertinentes para la corrección de las medidas provisionales tomadas, tendentes a garantizar que en tanto se determina en definitiva la situación jurídica de las niñas y los niños, éstos se encuentran en condiciones de protección que garanticen su sano desarrollo integral.

Además, también se defina con claridad los apoyos de protección y asistenciales que podrán brindar cada una de las áreas, según el ámbito de su competencia.

Tercera. En un plazo que no exceda de tres meses se establezcan lineamientos específicos tendentes a garantizar el respeto irrestricto de los derechos de los niños y niñas que, por cualquier motivo, canalicen o hayan canalizado a un albergue, casa de asistencia o casa hogar. Para tal efecto, deberán retomar análogamente los puntos recomendatorios que, al respecto, se formularon en este documento para la Procuraduría capitalina, particularmente los relativos a la supervisión, control y seguimiento de los niños y niñas canalizados.

En relación con la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF DF y la Secretaría de Desarrollo Social:

Primera. Que las tres autoridades a quienes se dirige esta recomendación den una explicación pública del caso que enfatice en las causas de los daños que se han ocasionado y reconozcan públicamente que, por no haber ejercido eficazmente las facultades que legalmente tienen, según el ámbito de su competencia, se violaron derechos humanos en agravio de las niñas y los niños que por distintas vías fueron enviados a “La Casita de Sur”.

Segunda. En un plazo que no exceda de un mes, se conforme un grupo multidisciplinario que incluya a las distintas autoridades involucradas (PGJDF, DIF DF, Sedeso) y expertos en el tema de los derechos de los niños, con la finalidad de que, independientemente de las acciones concretas que está llevando a cabo la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito, den seguimiento puntual y acompañamiento a la situación de los niños y niñas que fueron recuperados de “La Casita del Sur”, incluyendo aquellos que ya fueron integrados a sus familias.

Tercera. Tomando en cuenta las atribuciones de las instancias involucradas, en un plazo que no exceda de tres meses, se establezca cuál de las tres áreas será la encargada de la coordinación de las acciones establecidas en el convenio de colaboración suscrito el 12 de febrero de 2009. Una vez establecida ésta, se diseñe un mecanismo para que mensualmente requiera a las demás áreas involucradas la información necesaria para establecer una base de datos única con la información relacionada con las acciones que haya realizado cada una de las áreas —en lo individual o conjuntamente—.

Cuarta. Tomando en cuenta las particularidades de los niños y niñas recuperados, se establezca un programa que permita dar atención y acompañamiento adecuado a las niñas y los niños que fueron recuperados de “La Casita del Sur”, hasta su total restablecimiento, previa valoración especializada.

Quinta. En un plazo que no exceda de seis meses se realicen las acciones necesarias para ubicar el nombre, situación jurídica actual y paradero de todos los niños y niñas —que aún son menores de edad y fueron canalizados por esas áreas— a fin de que, si luego de una investigación exhaustiva se determina que prevalecen las causas que originaron que éstos no pudieran ser reincorporados a su núcleo familiar primario o con familiares alternos u otras personas con las que tuvieran comunicación frecuente que pudieran garantizarles los cuidados y atenciones que requieren, atendiendo el contenido de los puntos recomendatorios sexto, séptimo y noveno, se dé intervención a un Juez de lo Familiar para que sea éste quien resuelva, en definitiva, la situación jurídica de ese niño o niña.

Sexta. Aunado a lo anterior, se diseñe en conjunto —bajo la responsabilidad del área encargada de la coordinación— un Programa de Verificación para las casas hogar, instituciones de asistencia y albergues que brindan asistencia a población infantil en el Distrito Federal. Dicho programa deberá contemplar un procedimiento de evaluación e intervención, con calendarización específica. Asimismo, deberá considerar lo establecido en el anteproyecto de las directrices de Naciones Unidas para el uso apropiado y condiciones del cuidado alternativo de niños y niñas, referido en el apartado 4.1.2 de la presente Recomendación y deberá contemplar por los menos lineamientos específicos respecto de:

a. Las áreas responsables de la supervisión y deberes específicos de cada una;

b. Coordinación permanente entre las distintas áreas involucradas para el desarrollo de dicha tarea;

c. Elaboración de un padrón único en relación con estos espacios, que incluya el análisis jurídico de cada una de las casa hogar, instituciones y albergues respecto de que cumplen con la normatividad que les aplica; incluyendo la relacionada con el objeto de su creación y los derechos de las niñas y los niños;

d. Frecuencia de las supervisiones;

e. El procedimiento específico de supervisión para corroborar que cumplen con el objeto de creación y, en su caso, con el destino de los fondos y/o financiamiento, que en su caso reciben a través de los programas de financiamiento;

f. Medidas a adoptar en caso de encontrar irregularidades u omisiones;

g. Procedimiento de intervención ante situaciones urgentes; y

h. Procedimiento de intervención ante el Ministerio Público investigador, cuando se detecten hechos que pudieran ser constitutivos de delito.

En relación con lo anterior, tales lineamientos deberán definir de manera pronta qué instancia será la responsable única de la coordinación con las demás áreas.

Séptima. En un plazo que no exceda de tres meses se diseñe una base de datos común que permita identificar con claridad, por lo menos lo siguiente:

a) La población que a partir de la fecha de la emisión de la presente Recomendación es integrada temporalmente a un albergue, casa hogar o casa de asistencia social —ya sean públicos o privados—;

b) Las fechas de ingreso y, en su caso, egreso;

c) El tipo de seguimiento a la situación jurídica de la averiguación previa con la que, en su caso esté relacionado el niño o la niña;

d) El tipo de seguimiento a las condiciones y desarrollo de cada uno de los niñas y niñas ingresadas a esos lugares;

e) El acompañamiento y/o intervención de tipo jurídico, psicológico, de trabajo y asistencia social que se brinda tanto al niño o niña víctima del delito, como a sus familiares, cuando sea posible y no se les ponga en riesgo, para que se pueda restablecer su convivencia cuando se haya determinado la situación jurídica tanto de la investigación ministerial como de, en su caso, la judicial;

f) En su caso, el seguimiento correspondiente cuando se promueva la intervención judicial para determinar en definitiva la situación jurídica de ese niño o niña; y

g) Todas las demás que esas áreas consideren pertinentes para lograr un efectivo control y seguimiento.

CDHDF EMITE RECOMENDACIÓN 4/2009 DIRIGIDA A LA PGJDF, A LA SEDESO Y AL DIF-DF, POR EL CASO “LA CASITA DEL SUR”


La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió la Recomendación 4/2009 dirigida a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal (DIF-DF), por el caso de la desaparición de niñas y niños del albergue “La Casita del Sur” (Reintegración Social, A.C.).
De acuerdo con la investigación de la CDHDF, en el caso se acreditó la ausencia o deficiencia de mecanismos de supervisión y seguimiento de la situación y condiciones de los niños y las niñas que son integrados a casas hogar y/o reintegrados a sus núcleos familiares, así como de lineamientos específicos para dicha integración, acordes al interés superior de los niños y las niñas, e incumplimiento a la obligación de brindarles protección especial y garantizar sus derechos a la integridad física, a su dignidad y a la certeza y seguridad jurídicas.

Como consecuencia de ello, hay al menos 11 niños y niñas desaparecidos.

La CDHDF acreditó que dichas autoridades violaron los derechos de la niñez, derivados de la negativa, restricción u obstaculización para llevar a cabo las medidas de protección de las niñas y de los niños que se requieren por parte del Estado, y el Derecho a la seguridad jurídica de la niñez.

Con la convicción de que las niñas y los niños son titulares de derechos, la CDHDF lanza un fuerte llamado de atención a las autoridades responsables de garantizar una adecuada legislación, de diseñar y evaluar la eficaz e integral coordinación interinstitucional y de supervisar de manera constante y oportuna a las instancias mandatadas para el cuidado de niñas y niños.

La urgencia de atender esas ausencias institucionales y estructurales deriva, sobre todo, de la evidente y dramática desprotección y hasta la desaparición de varias niñas y niños canalizados por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) a la institución privada “La Casita del Sur”, hechos que derivaron en la Recomendación 4/2009 que hoy emite la CDHDF.

Este caso también evidencia una problemática estructural sobre la falta de certeza del número total de niñas y niños que se encuentran en instituciones públicas y privadas en el Distrito Federal, aún cuando la PGJDF, el DIF-DF y la Secretaría de Desarrollo Social tienen la obligación de supervisarlas. En tal sentido, lo anterior ha traído como consecuencia que se desconozca el número exacto de niños y niñas que pueden estar desaparecidos.

A partir del trámite de los expedientes de queja incorporados en la presente Recomendación, hasta finales de marzo de este año, la CDHDF tenía conocimiento de la desaparición de 7 niños y niñas. Al respecto, tanto la Fiscalía Antisecuestros como el Centro de Apoyo de Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA) realizaron diligencias para ubicar su paradero y para fincar responsabilidades a las personas responsables (todas relacionadas con “La Casita de Sur”).

El 1º de abril la CDHDF conoció de otro niño desaparecido y, a partir de la revisión de distintos expedientes radicados en la Fiscalía Central de Investigación para Menores, detectó al menos otros tres casos de presuntas desapariciones (con independencia de si fueron canalizados o no por la PGJDF a “La Casita del Sur”).

A diferencia de lo sucedido en los primeros casos, se evidenció la falta de reacción inmediata de las instancias que tienen indicios para presumir la desaparición de niños, así como la descoordinación al interior de la PGJDF para intercambiar información y garantizar una respuesta inmediata.

A la CDHDF le causa gran alarma la ausencia de lineamientos de acción dentro de la Fiscalía para Menores sobre este tipo de casos, por lo que considera urgente contar con políticas públicas integrales, con enfoque de derechos y con la necesaria participación de los niños y las niñas, en especial cuando son separados de su núcleo familiar y trasladados a instituciones públicas o privadas.

La desaparición de niñas y niños evidencia la falta de políticas para la estricta supervisión de lo que se debe monitorear, así como considerar la opinión de las y los infantes, cuando su edad lo permite. La supervisión era aún más obligatoria, ya que “La Casita del Sur” era apoyada con recursos públicos.

En conclusión, los hechos deben ser un urgente llamado a la reflexión para las instancias involucradas sobre el tipo de políticas, legislación y todas las medidas que deben ser adoptadas a corto, mediano y largo plazo, con el fin de dar un mejor presente y futuro a todos los niños y niñas del Distrito Federal.

La CDHDF reconoce las acciones realizadas por la Procuraduría capitalina, como el Acuerdo A/002/2009 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, las diligencias realizadas como parte del Protocolo de actuación del personal de la PGJDF para el cumplimiento de mandamientos judiciales derivados de las averiguaciones previas relacionadas con las niñas y niños bajo guarda y protección de la casa hogar “La Casita del Sur”, y el Convenio Interinstitucional del 12 de febrero, entre la Procuraduría capitalina, la Secretaría de Desarrollo Social y el DIF-DF.

Los instrumentos descritos fueron resultado de una reacción ante la grave problemática, pero no forman parte de una política de prevención y supervisión tendente a proteger a niños y niñas, como lo establece la normatividad en materia de derechos de la infancia.

Dichos esfuerzos deben encaminarse a garantizar una coordinación más allá de la supervisión y con instancias responsables de cada tarea, así como de centralizar todas las acciones y la política en materia de infancia.

Las acciones que se requieren son urgentes, por lo que la CDHDF exhorta a intensificar los esfuerzos para revisar y optimizar los mecanismos de canalización de las niñas y los niños a casas hogar y su reinserción al medio familiar, de ser procedente. De todo ello debe haber un debido seguimiento y monitoreo.

Se requieren esfuerzos, incluso extraordinarios, para localizar a las niñas y niños desaparecidos, identificar y sancionar a quienes resulten responsables por los hechos ocurridos en “La Casita del Sur” y garantizar los derechos del resto de las niñas y niños que fueron “recuperados”, y de quienes han sido canalizados y continuarán siéndolo a casas hogar.

domingo, 19 de abril de 2009

UN GRITO EN LA OSCURIDAD


Se reportan más de 80,000 casos al año de abuso sexual a los niños/niñas, pero el número de casos que no se reporta es aún mayor, ya que los niños tienen miedo de decirle a alguien lo que les pasó y el proceso legal para validar un episodio es difícil. El problema debe de ser identificado, debe de ponerse fin al abuso y el niño debe de recibir ayuda profesional. El daño emocional y sicológico a largo plazo debido al abuso sexual puede ser devastador para el niño.

El abuso sexual a los niños puede ocurrir en la familia, a manos de un padre/madre, un padrastro, hermano u otro pariente; o fuera de la casa, por ejemplo, por un amigo, un vecino, la persona que lo cuida, un maestro o un desconocido. Cuando el abuso sexual ha ocurrido, el niño puede desarrollar una variedad de sentimientos, pensamientos y comportamientos angustiantes.

No hay niño preparado sicológicamente para hacerle frente al estímulo sexual repetitivo. Aun los niños de dos o tres años que no pueden saber que la actividad sexual es incorrecta, desarrollarán problemas como resultado de su inhabilidad para hacerle frente a la sobre-estimulación.

El niño de cinco años o más que conoce y aprecia al que lo abusa se siente atrapado entre el afecto y la lealtad que siente hacia esa persona y la sensación de que las actividades sexuales son terriblemente malas. Si el niño trata de romper con las relaciones sexuales, el que lo abusa puede amenazarlo mediante la violencia o negándole su afecto. Cuando los abusos sexuales ocurren en la familia, el niño puede tenerle miedo a la ira, los celos o la vergüenza de otros miembros de la familia, o quizás puede temer que la familia se desintegre si se descubre el secreto.

El niño que es víctima de abuso sexual prolongado, generalmente desarrolla una pérdida de autoestima, tiene la sensación de que no vale nada y adquiere una perspectiva anormal de la sexualidad. El niño puede volverse muy retraído, perder la confianza en todos los adultos y puede llegar a considerar el suicidio.

Algunos niños que han sido abusados sexualmente tienen dificultad para establecer relaciones con otras personas a menos que estas relaciones tengan una base sexual. Algunos niños que han sido abusados sexualmente se convierten en adultos que abusan de otros niños, se dan a la prostitución, o pueden tener otros problemas serios cuando llegan a adultos.

Muchas veces en el niño no hay señales físicas de abuso sexual. Algunas señales sólo pueden ser reconocidas mediante un examen físico por un médico.

Los niños abusados sexualmente pueden desarrollar lo siguiente:

interés poco usual en, o el evitar, todo lo de naturaleza sexual
problemas con el dormir o pesadillas
depresión o aislamiento de sus amigos y familia
comportamiento seductor
decir que tienen el cuerpo sucio o dañado, o tener miedo de que haya algo malo en sus genitales
negarse a ir a la escuela
delincuencia/problemas de conducta
secretividad
evidencia de abusos o molestias sexuales en sus dibujos, juegos o fantasías
agresividad poco común
comportamiento suicida
Los que abusan sexualmente de los niños pueden hacer que el niño se muestre extremadamente temeroso de revelar las acciones del agresor y, sólo cuando se ha hecho un esfuerzo para ayudarlo a sentirse seguro, puede el niño hablar libremente. Si un niño/niña dice que ha sido molestado sexualmente, los padres deben tratar de mantenerse calmados y hacerle sentir que lo sucedido no fue culpa suya. Los padres deben de llevar al niño para que le hagan un examen médico y a una consulta siquiátrica.

Los padres pueden impedir o disminuir la oportunidad del abuso sexual:

diciéndole a los niños: si alguien trata de tocarte el cuerpo y de hacerte cosas que te hacen sentir raro, dile que NO a la persona y ven a contármelo enseguida
enseñándole a los niños que el respeto a los mayores no quiere decir que tienen que obedecer ciegamente a los adultos y a las figuras de autoridad; por ejemplo, no les diga: siempre tienes que hacer todo lo que la maestra o el que te cuida te mande a hacer
estimulando los programas profesionales del sistema escolar local para la prevención.
Los niños que han sufrido abusos sexuales y sus familias necesitan evaluación y tratamiento profesional inmediato. Los siquiatras de niños y adolescentes pueden ayudar a los niños que han sido abusados a recuperar su sentido de autoestima, a sobrellevar sus sentimientos de culpabilidad acerca del abuso y a comenzar el proceso de superación del trauma. Estos tratamientos pueden reducir el riesgo de que el niño desarrolle serios problemas cuando llegue a adulto.

jueves, 26 de marzo de 2009

INVITACION PARA COLABORAR


Te invito a colaborar en este nuevo esfuerzo por incidir positivamente en la erradicacion del Abuso Sexual Infantil en la pagina creada especialmente para ello.

la direccion es: http://www.asinuncamas.ong




MIGUEL ADAME VAZQUEZ

jueves, 19 de marzo de 2009

CASO CASITAS DEL SUR


"Al menos 24 niños han desaparecido de albergues relacionados con la Iglesia Cristiana Restaurada en tres entidades de la república: 13 en Quintana Roo, siete en el Distrito Federal y cuatro en Nuevo León.

En todas ellas, denunció la Red por los Derechos de la Infancia en México (RDMI), la organización religiosa ha gozado de la impunidad que le brindan las autoridades locales.En cuanto a los responsables que fueron consignados, todos han alcanzado los beneficios de la ley.
Detrás de los menores sustraídos hay varias figuras delictivas que se deben investigar a nivel federal, entre ellas la trata de personas, delincuencia organizada, privación ilegal de la libertad y tráfico de órganos, delitos que son competencia de la PGR a través de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO).

algún personaje o varios de las “altas esferas del poder” le están brindando protección a dicha organización religiosa, pues no se ha procedido en contra de ninguno de los implicados a pesar de que ya son 24 los menores sustraídos de dichos albergues.

el modus operandi de la organización religiosa para quedarse con la custodia de los niños y, en su momento, pelear la patria potestad de los mismos.

la fundación de Jorge Erdely, presuntamente avecindado en Canadá, busca a familias disfuncionales que tengan problemas legales de custodia de sus hijos y en conflicto con la ley por violencia intrafamiliar, pero sobre todo que sean pobres y de escasa escolaridad.

Posteriormente, se acerca a ellos con dogmas religiosos y promesas de ayudarles con trabajo o dinero; cuando ya los tienen asegurados, los convencen de que dejen a sus hijos en los albergues que ellos mismos administran; de lo contrario, los bombardean con amenazas religiosas sobre la ira de Dios, así como con chantajes emocionales sobre caridad, devoción y sacrificio hacia Cristo.

Cuando las familias ceden y los hijos son ingresados a los albergues, éstos desaparecen y es difícil que los vuelvan a ver. Si los afectados presentan denuncias se encuentran con la negligencia premeditada de las autoridades locales, quienes protegen a esta organización, como ya se ha visto en los últimos casos.

Al poco tiempo los niños ya están adoctrinados y presentan denuncias en contra de sus progenitores, a los que acusan de violación, maltrato, violencia intrafamiliar y falta de manutención, por lo cual los padres de familia, de escasos recursos, no saben cómo defenderse de dichas acusaciones"

Es sumamente importante que la Iniciativa de Reforma al Código de Procedimientos Penales, al Código Penal y la Ley de Atención y Apoyo a víctimas del delito, sea dictaminada antes que que culmine el último periodo de sesiones de la IV Legislatura de la ALDF.

Dicha Iniciativa, contempla en su mayoría, muchas modificaciones que evitarian este tipo de situaciones.

Es necesario que exista la voluntad política para legislar,ante la poca movilidad y efectividad de los Estados en atender oportunamente y de la mejor manera a las victimas de abuso sexual, invito a la reflexión para que se federalicen los delitos de Abuso Sexual Infantil no sigan permaneciendo como delitos del orden local.


Es cada vez más necesario la creación de una Fiscalía Especializada contra el abuso sexual al Menor.


MIGUEL ADAME VÁZQUEZ.
ABUSO SEXUAL INFANTIL, NUNCA MÁS.

martes, 17 de marzo de 2009

RELATO DE EDITH ENCALADA


"Antes de entrar a la adolescencia, Edith Encalada fue convertida, como centenares de niñas como ella, en una mercancía sexual por el pederasta Jean Succar Kuri.
Cuando se desmoronó el negocio criminal de prostitución y pornografía infantil del inmigrante libanés, las pequeñas víctimas no se liberaron de sus agresores.

Al contrario, lo que ocurrió, en palabras de Edith, fue la catástrofe.
A partir de su denuncia ante el Ministerio Público todo se derrumbó a mi alrededor. Nos quitaron a mi hermanita (Estefanía Encalada) y la metieron al DIF, sin que mi mamá tuviera derecho a verla.
Nos amenazaron con cárcel como cómplices de Succar. Y mi mamá, aterrada. Ella no sabía nada de lo que pasaba en las villas de Solymar.
Él era su patrón, tenía una relación laboral con él porque le hacía artesanías que se vendían en sus tiendas.–¿Por qué tomó ese curso el caso?–Nunca imaginé el tamaño del lío en el que estábamos. Todo se envició por culpa de Leydi, de la procuradora, del ex procurador, de la prensa local. Cuando el 29 de octubre de 2003 sale la orden de aprehensión contra Succar y él se escapa, nosotras quedamos totalmente expuestas y desprotegidas. Su familia envía a sus guarros a mi casa; Gloria Pita, su esposa, me habla por teléfono para amenazarme. Yo, aterrada. Dos o tres días después conocí a Lydia Cacho.
¿Cómo? ¿Como un padre?

Desde ese momento, reconoce Edith, la directora y el personal del CIAM se hacen cargo de las demandantes y sus madres. Diseñan una estrategia para su seguridad, terapias de crisis, apoyo médico y legal.

“Esos días –recuerda– yo estaba como fuera de mí. Trataba de sobrevivir, de entender. Cómo era posible que una persona que había sido como un padre me amenazara de muerte por haberme atrevido a confesar las cosas que me hacía, las cosas que había yo vivido con él.”–¿Cómo un padre, dices?–Es lo que él me decía, eso es lo que yo creía. Yo me sentía como de su familia, él decía a la gente que iba a su casa que yo era como su hija. La cosa estaba tan tensa en Cancún que al mes se tomó la decisión de llevarme al Distrito Federal, lejos de mi hermanita, sin poder hablar con mi mamá.En la capital, alojada en un departamento resguardado permanentemente por la AFI, el periodista Ricardo Rocha, solidario, ofreció un empleo temporal a la joven. Era como una practicante. Pero me costaba mucho trabajo relacionarme ahí, no entendía nada. Me la pasaba en el Sanborns. O leyendo.
Engordé 16 kilos en cuatro meses.Su único contacto con el mundo era Lydia Cacho. La veía como amiga, mi única amiga. Iba con ella a todos lados, a conocer a las feministas, a las ONG, a la SIEDO. Eran los únicos momentos en los que me sentía segura. Supe, por primera vez, lo que son los derechos humanos, los derechos de las mujeres y los niños, la violencia de género, palabras que no había escuchado jamás. Hasta ese momento me cayó el veinte de que había sido una víctima. Aprendí muchos conceptos y definiciones, como estrés postraumático, síndrome de Estocolmo.Las víctimas pasaron cuatro meses bajo la protección del CIAM. En este punto hay versiones divergentes. Según las trabajadoras del centro, las madres de las niñas decidieron alejarse del albergue y de la protección de la institución.

Según Edith Encalada, Lydia Cacho nos dio de alta.Relata: Nos dijo que era parte del protocolo de los albergues que no podíamos estar ahí más de tres meses. Y ya llevábamos cuatro. Me dio como alternativa aceptar la protección de un albergue en Texas. Yo no quería seguir encerrada, y menos tan lejos.
De regreso en nuestras casas, pensamos que las cosas se habían calmado. Pero no. Nos llovían a cada rato citatorios, teníamos que hacer un montón de diligencias. Sin el CIAM y sin la asesoría de Protégeme, otra organización que nos ayudó al principio, tuvimos que buscar otros abogados particulares.–¿Abogados afines a Succar?–No sé.Lo cierto es que a partir de entonces, Edith Encalada y un grupo de víctimas vuelven a depender económicamente y a acatar órdenes del entorno del pederasta.
En abril de 2005, se publica el libro de Cacho Ribeiro. “En ese tiempo ella me mandó un email diciendo que tenía el proyecto de escribir un libro y me mandó un cuestionario larguísimo.. Yo le pedí que no lo hiciera. Nunca le contesté el cuestionario..

De pronto brincó, de defensora de nuestros derechos a escritora. ¿Eso se vale?”–El libro fue muy importante porque reveló cómo operan estas redes, sus contactos políticos, las complicidades del poder.–¿Pero te imaginas lo que se siente que de pronto en un libro, en la televisión, en todos lados, estén hablando de tu vida íntima, cosas de ti de índole sexual, de tu hermanita? Yo le tenía, le tengo, mucho cariño a Lydia, pero las consecuencias de su libro fueron catastróficas en mi vida.

Se me fueron encima los abogados y los hijos de Succar con amenazas de muerte.De nuevo con los colmilludos

Para escapar de eso regresé a México. Y me volvieron a encontrar.

–¿Quiénes?–Los colmilludos, gente de Succar. Un día en casa de mi tía contesto el teléfono y era él, desde la cárcel de Phoenix. Me quedé helada, me había encontrado. Me ordena que contacte a su gente.“Fue cuando aparece Enna Rosa Valencia (ex directiva del PRI estatal) en Cancún. Ella no figura como abogada de Succar, sino que se encarga de contratar los despachos para su defensa. Me dice que tengo que deslindar a todas las personas que Lydia cita en su libro como cómplices o protectores de la red pederasta: a Miguel Ángel Yunes, a Emilio Gamboa, a Magali Achach (ex alcaldesa de Canún), a Kamel Nacif.
Hasta me preparó un escrito para que leyera ante los medios. Lo tengo guardado, de su puño y letra. Quería que atacara a Lydia, que dijera que había inventado todo, que Succar nunca me había hecho nada. No quise mentir. Sólo me deslindé del libro.Allí me dicen que es necesario evitar la extradición de Succar y para eso tenemos que ir a un notario en San Diego.–Donde te retractas de tu denuncia inicial.–No me retracto.–Se han publicado esas actas notariales, formalizadas por el bufete de Arsenio Farell Campa y Jorge Castro Trejo en dos despachos de juristas de San Diego y Phoenix. Están las transcripciones, en español e inglés, en las que ustedes dicen que sus declaraciones ministeriales en la averiguación previa AP7151-2003-5 fueron forzadas e inducidas por los funcionarios locales, que sus dichos fueron falseados y que firmaron documentos sin conocer su contenido y por miedo.–No sé, yo sólo hablé del momento en que se me tomó la declaración, dije que no era tutora de mi hermanita y cosas así.–¿Qué les ofrecieron a cambio?–Firmamos un convenio, que en inglés se dice agreement, donde decían que iban a pagar los gastos y el resarcimiento de los daños.–¿Cuánto?–Ni idea. Pero también nos obligaban a guardar silencio de por vida. Ellos no cumplieron su parte. No nos dieron nada; por lo menos a mí, nada. Dicen que dieron el dinero a Enna Rosa para que creara un fideicomiso para nosotras. Ahora ella tiene una notaría en Cancún, camioneta del año, una oficinota. Pero no nos atrevíamos a decir nada, por lo del acuerdo de confidencialidad.
Ahora ya sé que estos documentos no tienen validez jurídica.–Al poco tiempo detuvieron a Cacho en Cancún y la llevaron a Puebla.–Sí, fue espantoso. Yo me sentí muy mal.–¿Es verdad que viviste en casa de los Succar en Los Ángeles?–No. Es decir, sí. Vivir, vivir no.
Estuve ahí mientras se hacía el trámite de San Diego. Lo cierto es que después los Succar se desafanaron. Aparecieron en su lugar otros abogados.
Al final ellos también traicionan y sacan las cosas a su manera en su libro.

Por eso estoy tan cansada: todos hablan de mí, menos yo.–¿Cuándo te sentaste a escribir tu libro?–Cuando Lydia saca su segundo, Historia de una infamia, donde ya no usa los seudónimos, sino nuestros nombres verdaderos.–¿De dónde salió la idea de demandar a Lydia por daño moral?–Nadie me dijo que demandara, fue una decisión personal. Kamel Nacif no tuvo nada que ver.

Nadie piensa en lo que me afectó lo que ella dice de mí, lo que dice la sicóloga del CIAM, que violó el secreto profesional al hacer públicas las terapias; lo que escribe Lydia, revelando nuestras testimoniales, rompiendo el sigilo obligatorio de una investigación. La demandé porque no me cuidó, expuso mi integridad, mi intimidad vulnerada de niña y adolescente, por lucrar con mi dolor.

El libro no tiene afán de lucro, fue una denuncia que ayudó a desmantelar una red criminal.–¿Cómo saberlo? Succar ya estaba preso cuando se publicó.
¿Te malacostumbraste a tener dinero?–No. Succar nunca me mantuvo, como mujer, quiero decir; más bien como una hija. Lo que salga de la demanda, si la juez me da la razón, es para resarcir el daño moral.–Además del dinero, ¿qué esperas de esta resolución?
¿Qué puedo esperar? Apenas ahora estoy entendiendo qué significa que te quiten tu niñez, tu adolescencia, tu libre albedrío, el derecho a decidir sobre tu sexualidad.–¿Cómo se sobrevive a ese daño?–Se sobrevive. Estoy apenas aprendiendo. Estoy en terapia. Me pregunto si alguna vez podré alcanzar mi sueño.–¿Y cual es tu sueño?–La música. Grabar un disco con canciones de mi autoría. Escribir un libro de superación personal. Ayudar a otras niñas que hayan sido violadas."

miércoles, 4 de marzo de 2009

ANTE LOS GRAVES ACONTECIMIENTOS QUE HAN CONSTERNADO A LA SOCIEDAD MEXICANA


Ante los graves acontecimientos que han consternado a la Sociedad Mexicana, como el caso de “Casitas del Sur”, por mencionar alguno, es de suma importancia que las Iniciativas que permanecen congeladas en comisiones, que “duermen” en el Legislativo, algunas de ellas sin discutir desde hace dos años tanto en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como en la Cámara de Diputados y de Senadores, que buscan atender el problema del abuso sexual infantil, sean discutidas, analizadas y aprobadas en el corto plazo.

Es necesario que exista la voluntad política para legislar, a la par de la cada vez más fuerte exigencia de la sociedad en general para atender el abuso sexual infantil.

Es cada vez más necesario considerar, ante la poca movilidad y efectividad de los Estados en atender oportunamente y de la mejor manera a las victimas de abuso sexual, que se federalicen los delitos que atentan contra el desarrollo y la libertad psicosexual de los menores y no sigan permaneciendo como delitos del orden local.

Es cada vez más necesario la creación de una Fiscalía del orden Federal especializada contra el abuso sexual al Menor.

Es verdad que cada vez existe una mayor sensibilidad por parte de la sociedad en general, en lo relacionado a los delitos sexuales contra el menor, pero todavía nos queda mucho camino que recorrer.

“México se ha convertido ya en la nueva Tailandia, donde la trata de menores de edad es el negocio más rentable después de las drogas y las armas, el negocio del comercio sexual de personas deja más de 10 mil millones de dólares en el mundo, mientras la pornografía infantil a través de Internet genera 12 mil millones.”

“sólo un 10 por ciento de los abusos se denuncian, cada 1.000 casos de abusos denunciados sólo uno se esclarece. En ese orden las principales características del fenómeno: el secreto, la confusión, la violencia, la responsabilidad, la amenaza y la naturalización, la cuestión pública, la asimetría niño-adulto, las consecuencias físicas y psicológicas, y el develamiento del abuso, que se da en la mayoría de las veces, aunado a la poca sensibilidad e interés de las Autoridades, obstaculiza la denuncia y fomenta la inmunidad.”

“Las leyes siempre fueron hechas, interpretadas y aplicadas por hombres, la ley siempre ha sido androcéntrica, masculina y de género. En la inmensa mayoría de los casos las víctimas son mujeres, y en ese contexto, es lógico que haya las reacciones que hay. Detrás hay una trayectoria de siglos de discriminación, de maltratos, sólo se romperá entendiendo cómo es el fenómeno en sí”.

MIGUEL ADAME VÁZQUEZ.
ABUSO SEXUAL INFANTIL, NUNCA MÁS.